Entre los acusados estaba un policía y el dueño de una discoteca
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a los 16 acusados de pertenecer a una red de tráfico de drogas, entre ellos un antiguo subinspector de la Policía Nacional en Torrejón de Ardoz y siete empleados de una aerolínea, por considerar nulas las actuaciones policiales y judiciales que dieron pie a la investigación.
La sentencia señala que la droga fue descubierta gracias a «la información procedente de las escuchas», por lo que considera nula la confesión de los acusados por «la ilicitud con la que fueron obtenidas las pruebas».
La Fiscalía pedía la mayor pena, 20 años de prisión, para el subinspector Antonio M.P. por un delito continuado contra la salud pública, y por los delitos de encubrimiento, revelación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos.
En su escrito de acusación, sostenía que a finales de 2007 un grupo compuesto por 16 personas se dedicaba a la distribución de cocaína en Torrejón, y otros municipios madrileños (pero nunca fuera de la Comunidad) tanto para su consumo como para su posterior venta.
Todos ellos, subrayaba el escrito, actuaban bajo la dirección de Jesús María C., alias El Coletas, quien, a su vez, administraba los negocios de la entidad Córdoba Treviño S.L., entre ellos un bar y una discoteca de Torrejón.
El Fiscal incidía en que, el subinspector participaba en la administración del negocio y, valiéndose de su condición de policía, facilitaba a los miembros del grupo información de relevante interés policial y judicial, mientras que su mujer, Ángela T. L., le sustituía en sus tareas de transmitir y recibir información mientras trabajaba en comisaría.
Por su parte, un sobrino de Ángela, Diego Armando C.T., según el Ministerio Público, se encargaba de adquirir la cocaína y, para ello, contactó con Julián Yesid G. L. a fin de conseguir reclutar a personas que trabajaran en el aeropuerto de Barajas para que, a cambio de dinero, hiciesen la vista gorda con los bultos y equipajes que contuvieran la droga.
Se trata de un grupo de siete empleados de una compañía de vuelos de bajo coste, quienes estaban acusados de recoger los bultos que contenían la droga del avión y dejarlos en un punto previamente acordado para que otras personas se encargaran de llevarlos a su destinatario final.
El Ministerio Público atribuía a los acusados dos delitos continuados contra la salud pública, otros dos delitos contra la salud pública, un delito de encubrimiento, un delito continuado de revelación de secretos, un delito de infidelidad en la custodia de documentos y dos delitos de falsedad documental y solicitaba una pena que, en conjunto, ascendía a un total de 175 años de prisión.
El tribunal absuelve a todos ellos dando así la razón a sus defensas, que pidieron la nulidad del caso al considerar inválida la primera intervención de llamadas telefónicas a sus clientes por no haber motivación jurídica firme para autorizarlas, según informa Efe.