La nueva normativa amplía las secciones de aquellos locales con áreas como nutrición y dietética. Estas actividades serán llevadas a cabo por profesionales sanitarios en plantilla, debidamente cualificados, pero que necesariamente no tienen que ser farmacéuticos, lo que redunda en una mayor flexibilidad y un estímulo a la economía y al empleo, en tanto que brinda salidas profesionales a otras titulaciones relacionadas con este ámbito.
En cuanto a la atención farmacéutica en centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de 100 camas -en régimen de asistidos que presten asistencia sanitaria específica y no cuenten con farmacia hospitalaria-, dispondrán de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia del área sanitaria o a una oficina de la Comunidad de Madrid. De esta forma se da cumplida respuesta a las necesidades de una población especialmente sensible y vulnerable que demanda un alto grado de seguridad.
El texto regional aprobado regula dentro del marco global la participación e integración de los establecimientos y servicios farmacéuticos en los dispositivos y medidas que se acuerden en los casos de emergencia sanitaria. Además, recoge e incorpora mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados por parte de los ciudadanos a través de sistemas de recogida autorizados, reforzando así la protección del medio ambiente.
El proyecto de ley de Farmacia ha sido consensuado por la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria con el sector a través del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, Cofares, la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria, la Sociedad Española de Farmacia Rural, la Sociedad Española de Farmacología, la Plataforma por la Atención a la Dependencia, así como con el propio Servicio Madrileño de Salud y la Dirección General de Reequilibrio Territorial, entre otros.