El PP exige su dimisión inmediata, mientas que desde el PSOE no se pronuncian
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha condenado a la actual alcaldesa de Alcorcón, Natalia de Andrés (PSOE), a cinco años de inhabilitación para administrar bienes ajenos de titularidad pública o privada al considerarla responsable, subsidiariamente, de llevar a la insolvencia a la Empresa Municipal de Gestión Inmobiliaria de Alcorcón (Emgiasa).
En esta misma causa, además de la actual regidora, también han sido condenados a 10 años de inhabilitación para administrar bienes ajenos de titularidad pública o privada el exalcalde socialista Enrique Cascallana y otras siete personas que formaban parte del Consejo de Administración de Emgiasa en 2010.
En el auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez también inhabilita a De Andrés y al resto de miembros a «representar o administrar a cualquier persona pública o privada, ejercer el comercio o tener cargo o intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales, de forma y titularidad pública o privada».
Los hechos se remontan a la etapa de Cascallana al frente del Ayuntamiento de Alcorcón, durante la cual la actual alcaldesa, como edil de Urbanismo, formaba parte del Consejo de Administración de Emgiasa, la empresa pública de vivienda del municipio, que actualmente está en concurso de acreedores.
La Fiscalía entendía que la situación de quiebra que alcanzó la empresa pública posteriormente fue consecuencia directa de una gestión «culposa» en lo referente a la construcción de las distintas fases del Centro de Creación de las Artes de Alcorcón (CREAA) y a las relaciones comerciales con Gesmansur respecto a la ejecución del Plan Municipal de Vivienda de Alcorcón.
En concreto, el juez entiende como «culposa» la decisión de repartir dividendos (16,1 millones) y el traspaso a «reservas voluntarias» del beneficio registrado de 19,4 millones, a sabiendas de que el consejo de administración debía hacer frente a los pagos (114 millones de euros) de la construcción del CREAA.
Por otro lado, también pone en duda las relaciones comerciales que Emgiasa mantuvo con Gesmansur, ya que, según el fiscal, «no estaban amparadas en una contratación administrativa válida, pues se prescindió total y absolutamente de los trámite administrativos legalmente previstos». Desde el Ayuntamiento han evitado pronunciarse sobre esta sentencia, contra la que cabe recurso de apelación.