Una orden advierte a los ayuntamientos de medidas legales si continúan celebrándose
Se ha convertido en una de las imágenes más habituales del confinamiento y más aplaudidas por la ciudadanía y medios de comunicación: policías nacionales, locales y guardias civiles felicitando a niños y niñas desde la calle mientras los pequeños les miran con cara de felicidad desde sus ventanas y balcones en este tiempo en que no pueden celebrar el cumpleaños con sus amigos.
El Gobierno central, a través de sus delegaciones y subdelegaciones de Gobierno, ha comenzado a dar un toque a los ayuntamientos y les ha recordado, entre otras cosas, que los policías locales ahora dependen del Ministerio del Interior. Así lo han comunicado las subdelegaciones andaluzas, que han pedido a los ayuntamientos que limiten las funciones de las Fuerzas de Seguridad a lo contemplado en el real decreto del estado de alarma.
En una orden dirigida a los ayuntamientos, fechada el 10 de abril, se expone que «se tiene conocimiento de que en algunos municipios se están llevando a cabo actuaciones por parte de efectivos de Policía Local que no se encuadran dentro de la cadena de mando señalada, tales como felicitaciones de cumpleaños, cabalgatas, actividades musicales, y que su objetivo no se encuadra en la protección de personas, bienes y lugares».
El texto indica que «este tipo de actuaciones no se pueden llevar a cabo, toda vez que no entran dentro de los cometidos de estos cuerpos policiales y de las funciones y servicios, ordinarios o extraordinarios, que les corresponden en orden a la protección de personas, bienes y lugares», de acuerdo con las instrucciones recibidas de la Secretaría de Estado de Seguridad el 3 de abril.
«Por todo lo anteriormente expuesto, en primer lugar, le comunico que este tipo de actuaciones llevadas a cabo por los agentes de los cuerpos de Policía Local quedan prohibidas, pudiendo adoptarse las medidas legales oportunas para el supuesto en que se celebren», continúa el escrito.
Asimismo, incide en que «para cualquier actuación de los cuerpos de Policía Local, funcional y operativamente, estos deberán estar a lo que dispongan la Policía Nacional y la Guardia Civil. Cualquier actuación de las contempladas más allá de la normativa de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberá estar coordinada por dichos mandos».