El Ministerio de Juventud e Infancia prepara una reforma de la Lopivi para vetar la asistencia y participación de menores en espectáculos taurinos
El Gobierno quiere prohibir la entrada de menores de edad a las corridas de toros y a otros espectáculos taurinos. El Ministerio de Juventud e Infancia prepara una propuesta de ampliación de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (Lopivi) con el objetivo de impedir la participación y la asistencia de niños y adolescentes a actividades, eventos o espectáculos en los que se ejerza violencia contra los animales.
Según el Ministerio, la iniciativa responde a la recomendación formulada en 2018 por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, que instó a España a «prohibir la asistencia de menores de 18 años» a este tipo de espectáculos para «prevenir los efectos nocivos de las corridas de toros en los niños».
Durante el VII Examen del Comité de los Derechos del Niño a España, varios de sus integrantes plantearon de nuevo esta cuestión a la delegación española, encabezada por la ministra Sira Rego. En ese contexto, la ministra explicó al Comité que la propuesta de ampliación de la Lopivi ya contempla la inclusión de esta prohibición.
La norma se fundamenta en que estos eventos pueden implicar «riesgos significativos para la vida y la integridad física y psíquica», especialmente en el caso de las personas menores de edad. La exposición de motivos advierte de la existencia de «riesgos psicológicos» asociados a la exposición temprana a la violencia.
En ese sentido, el texto señala que «la exposición temprana a la violencia puede desensibilizar a las personas menores de edad frente al sufrimiento ajeno, afectar negativamente al desarrollo de la empatía y normalizar la violencia como una forma de entretenimiento», además de «influir en su percepción sobre la resolución de conflictos y el uso de la fuerza, con efectos duraderos en su bienestar emocional».
La propuesta incluye también la obligatoriedad de escuchar a las personas menores de edad en los procesos judiciales que les afecten, con independencia de su edad, ya que actualmente este derecho se reconoce a partir de los doce años.
Asimismo, contempla ampliar en diez años el plazo de prescripción de los delitos sexuales contra la infancia, de modo que el cómputo no comience cuando la víctima cumpla 35 años, como ocurre en la actualidad, sino cuando alcance los 45.
El texto recoge igualmente la incorporación de la violencia de género al listado de delitos que impiden el ejercicio de profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
Por último, la reforma plantea reconocer por primera vez la violencia institucional en una ley de ámbito estatal, lo que supondría que «toda omisión, retraso o práctica que comprometa la protección de las personas menores de edad sea identificada, investigada y reparada», según ha defendido la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego.