La investigación concluye que la explosión que costó la vida a cuatro personas fue accidental
El Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid ha acordado el sobreseimiento libre de las diligencias incoadas en virtud de los daños ocasionados el pasado 20 de enero en el número 98 de la calle Toledo, aunque la resolución judicial puede recurrirse en el plazo de tres días ante la Audiencia Provincial de Madrid.
La decisión se basa en las diligencias de investigación de la Policía Judicial que concluye que «la etiología de la explosión fue accidental, sin que haya podido establecerse otra causalidad distinta, habiendo sido provocada la explosión por un escape de gas natural, que se desarrolló de forma lenta, continua y prolongada en el tiempo».
«Esta circunstancia motivó que las referencias de olor a gas fueron discontinuas, no llegando a generar alarma entre los residentes en el edificio hasta momentos antes de la explosión. El escape, según consta en el informe, se situó entre la primera caldera del edificio y la acometida de suministro, no habiendo influido en la causa de la explosión las posibles irregularidades administrativas o no de la instalación», añade la resolución.
El informe también descarta que «la posible manipulación que hubiera realizado David S. y Rubén P. coadyuvara a la causa de la explosión»; «constatándose la existencia de roturas de agua que socavaron el subsuelo del edificio en alguna medida, lo que influyó directa o indirectamente sobre la conducción y la acometida de gas natural», agrega.
En parecidos términos, el informe de la Brigada Provincial de Policía Científica concluye que el accidente «se debió a la desconexión del tubo de suministro de gas natural de la llave de acometida, debido a un movimiento de terreno en el lugar, que habría afectado a la misma».
«Producido el escape de gas natural, compuesto en su mayor parte de pro-metano, procedente de las conexiones de la válvula de acometida, instalada a unos 50-60 centímetros bajo la superficie de la vía pública y desde donde se habría infiltrado al interior del inmueble, bastó para producir la deflagración de una mezcla de aire-gas, generar una chispa eléctrica como las que se producen en el acto de accionar un interruptor de luz, al ponerse en funcionamiento un electrodoméstico o ante la presencia de una llama abierta», señala la resolución, según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La explosión dejó cuatro víctimas mortales: el sacerdote Ramón Pérez Ayala, de 36 años; su amigo David Santos, un feligrés al que pidieron ayuda para arreglar un radiador que había dejado de funcionar; Javier, un albañil de 45 años de La Puebla Amoradiel (Toledo) que trabajaba en el edificio de enfrente, y Stefko Ivanov, de nacionalidad búlgara y 46 años que en ese momento estaba en la calle.
La explosión, producida a las 14.56 horas, derribó cuatro plantas de un edificio utilizado como residencia de sacerdotes, situado en la trasera de la iglesia de San Pedro el Real. Los servicios de emergencias destacaron el día de los hechos que podría haber sido mucho peor, si hubiera habido niños en ese momento en el patio del colegio La Salle-La Paloma que se encuentra pegado al edificio. También pegado al edifcio siniestrado está la residencia de ancianos Los Nogales-La Paloma, cuyos resientes y trabajadores pudieron ser evacuados sin sufrir daños.