El tribunal confirma la condena por maltrato familiar con resultado de lesiones y mantiene también el pago de 200 euros de indemnización
La Audiencia Provincial de Guadalajara ha confirmado la sentencia que condenó a un hombre a diez meses de prisión y al pago de 200 euros de indemnización por un delito de maltrato familiar en la modalidad de causante de lesión.
La resolución considera probado que el acusado se encontraba en el domicilio de su expareja cuando comenzó una discusión con ella. Durante ese enfrentamiento, según recoge la sentencia, le dio una patada en la espalda y, cuando la mujer intentó huir, le propinó un manotazo en el cuello.
En su argumentación, el órgano provincial señala que la jueza ha considerado el relato del acusado «inverosímil, incoherente e ilógico», al entender que no supo dar una explicación al origen de las lesiones que presentaba la víctima ni al motivo de la denuncia presentada por ella.
A juicio de la Sala, «la testifical de la víctima» ha sido una declaración completa, espontánea, con suficiente detalle y sin contradicciones o vaguedades relevantes, y concluye que esos elementos, por sí mismos, sustentan la convicción judicial.
La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.