La Comunidad de Madrid aplicará la medida aunque la ha recurrido ante la Justicia
La Comunidad de Madrid aplica desde esta pasada medianoche el cierre perimetral impuesto por el Gobierno central para el puente de San José y Semana Santa pero ha recurrido ante la Justicia la decisión del Ejecutivo por no estar de acuerdo con la efectividad técnica de la medida y entender que, jurídicamente, el Ministerio de Sanidad no puede imponer un acuerdo del Consejo Interterritorial que no ha sido adoptado por consenso y que no es vinculante.
De este modo, la Comunidad de Madrid cumple con la orden comunicada de la ministra de Sanidad, Carolina Darias, por la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente al coronavirus con motivo de ambas festividades; y el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) publicó un decreto para aplicar el cierre perimetral entre el 17 y el 21 de marzo y entre el 26 de marzo y el 9 de abril.
El cierre perimetral, tal y como se acordó en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, afecta a todas las comunidades en San José y Semana Santa, menos a Baleares y Canarias, a las que no se podrá viajar desde la Península. Madrid y Extremadura lo aplican desde hoy y el resto ya permanecían cerradas. La movilidad entre regiones queda, por tanto, prohibida salvo causa debidamente justificada (motivos laborales, médicos, formativos, legales, de fuerza mayor…).
Otras medidas en vigor
Por otro lado, el decreto publicado en el BOCM prorroga hasta el 9 de abril la prohibición de reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables). La Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios del virus se producen en el ámbito familiar y domiciliario.
También se mantiene en la región, hasta el 9 de abril, la limitación de movilidad nocturna desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración pueda permanecer abierto hasta esa hora, quedando prohibida la entrada de nuevos clientes después de las 22:00 horas.
Queda prohibida la celebración de eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas. Los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas.
El número de comensales en las terrazas se mantiene con un máximo de seis personas por mesa, y un máximo de cuatro comensales en el interior de los establecimientos.
Asimismo, sigue en pie la obligatoriedad del uso de mascarilla de forma continuada en la hostelería, tanto en el interior como en la terraza, excepto en el momento concreto de la ingesta de bebida o comida.
Además, sigue siendo obligatorio, asegurar la ventilación adecuada de los establecimientos, ya sea por medios naturales o mecánicos; y se mantiene la prohibición del consumo en barra.
El BOCM también publicó la activación de medidas de restricción de la movilidad en el municipio de Morata de Tajuña desde este pasado lunes y durante 14 días. Morata es el único municipio madrileño con cierre perimetral, a la espera de que este viernes el Gobierno regional decida si anuncia nuevas restricciones por localidades o zonas básicas de salud.