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La Fiscalía pide 15 años de cárcel para el kamikaze de la M-50

La Fiscalía pide 15 años de cárcel para el kamikaze de la M-50

viernes, 10 de septiembre de 2021 Redacción MiraCorredor

El conductor, de nacionalidad china,  triplicaba la tasa de alcoholemia

La Fiscalía de Madrid solicita 15 años de cárcel para Kevin C. B., el conductor kamikaze que mató en septiembre de 2019 a un joven de 20 años, vecino de Rivas Vaciamadrid, en la autopista M-50 al triplicar la tasa de alcoholemia e ir en dirección contraria a 200 kilómetros por hora.

Un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid enjuiciará a partir del próximo viernes los hechos ocurridos el 15 de septiembre de 2019 en la autopista M-50, a la altura de Coslada, cuando el coche de la víctima fue embestido por el del acusado, que circulaba bajo los efectos del alcohol a 200 kilómetros por hora en dirección contraria.

En su escrito de acusación, el fiscal sostiene que no tiene dudas de que el acusado era «conocedor» de que circulaba en sentido contrario al establecido porque «aunque era de noche, el cielo estaba nublado y con lluvia intermitente», la visibilidad en la carretera era «acorde» al alumbrado que llevaba «y a la iluminación existente en la vía y en el túnel».

Señala que esas circunstancias no le impidieron ver que los vehículos con los que se cruzó, «los cuales circulaban correctamente», llevaban el alumbrado, «pudiendo observar toda la señalización vertical, horizontal, de balizamiento y seguridad de la vía, al revés, como las señales de hitos de arista que estaban orientadas en sentido contrario al seguido por él».

A Kevin C.B. se le imputan los delitos de homicidio, conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás y otro contra la seguridad vial.

El relato fiscal recoge que el conductor kamikaze decidió el 15 de septiembre de 2019 coger su coche «pese a tener sus facultades disminuidas como consecuencia de una previa ingestión de bebidas alcohólicas, lo cual mermaba su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de reflejos y de capacidad visual, y con el consiguiente riesgo para el resto de los usuarios de la vía».

La Fiscalía subraya que, pese a todo, el acusado partió hacia Arganda del Rey por la autopista M-50, una vía que conocía a la perfección «dado que la utilizaba normalmente y con mucha frecuencia para ir a Fuenlabrada y a su domicilio», y que conducía a una velocidad muy por encima de la permitida (139 km/h).

El acusado, primero adelantó a otro turismo que circulaba por el carril central «aproximándose mucho al lateral izquierdo y provocando que tuviera que dar un bandazo hacia el carril derecho».

A continuación, realizó maniobras irregulares «como movimientos en zig-zag, pasando de un carril a otro, de los tres posibles, sin indicar con las luces intermitentes, poniendo de esta manera, en concreto peligro la vida e integridad física del resto de los usuarios de la vía, alguno de los cuales tuvo que modificar su velocidad e incluso realizar maniobra como cambio de carril, para evitar la colisión y poder esquivarlo».

Tras parar su coche en el arcén, el acusado reemprendió la marcha, solo que esta vez lo hizo en sentido contrario «con pleno desprecio a los posibles resultados lesivos que pudieran derivarse de su acción y asumiendo el alto riesgo de llegar a atentar contra la vida e integridad física del resto de los usuarios de la vía, así como de causar daños materiales, peligro que con su acción estaba creando, y pese a que tuvo la posibilidad de evitarlo, no lo hizo».

La Fiscalía apunta que el acusado recorrió «aproximadamente» 1,9 kilómetros en sentido contrario al estipulado y a alta velocidad «rebasando a varios vehículos que tuvieron que realizar maniobras para evitar colisionar de manera frontal».

Asimismo, señala que «daba ráfagas con las luces largas para deslumbrar a los conductores de los vehículos que le venían de frente y trataba de embestirlos».

«Algunos lograron esquivarle con maniobras peligrosas, hasta que colisionó con un Citroën C4 que circulaba correctamente por el carril central de los tres existentes. Su conductor, dada la gravedad de las heridas sufridas a raíz del accidente, falleció pocos después», expone el fiscal.

El acusado, según la Fiscalía, no realizó ningún tipo de maniobra evasiva para eludir la colisión «aun habiendo percibido su presencia, mostrándose completamente ajeno al instinto más básico de supervivencia y de deber de cuidado propio y ajeno».

Es más, añade que el conductor fallecido «no pudo prever que otro vehículo estuviese circulando en sentido contrario por la autopista y de ahí que tan sólo pudo realizar una leve maniobra evasiva de giro a la derecha, al verse totalmente sorprendido, no logrando evitar que se consumara el siniestro, y salvar su vida».

El acusado, que circulaba a 139 km/h en el momento de la colisión «pese a que existía por las características de la vía una limitación específica de 100 km/h y aconsejable de 80 km/h», superaba la tasa de alcoholemia.

Le fueron practicadas las pruebas para la comprobación de las tasas de alcoholemia, dando un resultado de 0,92 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la primera, realizada a las 7.03 horas, y 0,84 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la segunda, realizada a las 7.15.

Además, presentaba los siguientes síntomas: fuerte olor a alcohol, halitosis alcohólica muy fuerte cuando hablaba, habla pastosa y titubeante, incoherencias a la hora de explicar lo sucedido, adormilado y ojos brillantes.


 

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