Podrán seguir operando en la región, pero sin acceder a las condiciones reservadas en exclusiva al taxi, como la recogida en la calle o las paradas específicas
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de ley por la que se modifica la Ley 20/1998 de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, que data de 1998, y ordena su remisión a la Asamblea legislativa regional para su tramitación.
El objetivo es que los vehículos denominados VTC puedan seguir operando por la capital a partir de octubre, sin acceder a las condiciones reservadas en exclusiva al taxi, como la recogida en la calle o las paradas específicas, tras la finalización de los periodos temporales previstos en el Real Decreto Ley 13/2018.
Con este cambio se crea una nueva autorización para la actividad de arrendamiento de coches con conductor y se modifica el nombre del capítulo III de la ley que pasa a denominarse Transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
Del mismo modo, se regula la circulación en automóviles de turismo y la actividad de alquiler con dos nuevos artículos, a través de los cuales se fija que se podrá denegar una nueva licencia cuando se supere el porcentaje 1/30 entre las autorizaciones para esta modalidad, y las otorgadas para autotaxis, y se remite a desarrollo reglamentario el establecimiento de determinados requisitos y condiciones necesarios para la prestación de este servicio.
Por otro lado, se modifica el artículo 16.1, que determina la no aplicación de las disposiciones sancionadoras en materia de alquiler de vehículos con conductor introducidas por la Ley 13/2021, por la que se modificó la Ley 16/1987.
El Ejecutivo regional apuesta por «garantizar la mejor y más completa oferta de transporte a los madrileños, fomentar la libertad de elección, la actividad económica, el empleo y la competencia», por lo que convivirán todas las modalidades de desplazamiento de viajeros.