Las nuevas sanciones implicarán cierres inmediatos
Las terrazas de la ciudad de Madrid estarán condicionadas por las clasificadas zonas saturadas y su determinación por tres criterios, las estufas de gas quedarán prohibidas en dos años y las nuevas sanciones que recoge el texto incluyen el cierre inmediato.
El proyecto de la nueva Ordenanza de Terrazas de Hostelería y Restauración del Ayuntamiento de Madrid incorporará 23 enmiendas de las 100 presentadas. Seis de las enmiendas, que se incorporan al texto a falta de su aprobación definitiva en el pleno municipal que se celebrará la semana que viene, provienen del equipo de Gobierno mientras que 11 son del Grupo Mixto, tres de Más Madrid, dos del PSOE y una de Vox.
Los principales cambios que se incorporan al texto del proyecto impulsado por el Área Delegada de Coordinación Territorial han sido la concreción de criterios para determinar lo que son las zonas saturadas, las condiciones para el mantenimiento de algunas terrazas en bandas de estacionamiento y la obligación de que los hosteleros retiren las estufas de gas en un periodo de dos años.
Tres serán los criterios para poder hablar de zona saturada. El Ayuntamiento ha detectado provisionalmente 256. En estas zonas se podrá reducir el tamaño de las terrazas, su horario o denegar nuevas. El primero de los criterios, indispensable, es que se produzca una alta ocupación del espacio para instalar la terraza y, además, deberá ir acompañado de alguno de los otros dos requisitos.
Se estimará que existe alta ocupación cuando en aceras con un ancho inferior o igual a seis metros, el espacio ocupado por terrazas supere el 33% de la superficie disponible para su instalación y cuando el ancho de las aceras exceda los seis metros, así como en plazas y calles peatonales o calles sin salida, las terrazas superen el 40% de la superficie disponible para este fin.
El segundo de los requisitos para determinar una zona saturada será el elevado tránsito peatonal, es decir, aquellas aceras por las que caminen más de 33 personas por minuto.
El tercer criterio será el de las afecciones medioambientales. Lo que se traduce en que se considerarán zonas saturadas aquellas que tengan terrazas en un radio de 150 metros en torno a residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias. Asimismo, se tendrá en cuenta la clasificación de áreas acústicas previstas en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica: áreas de silencio y áreas levemente ruidosas.
Las terrazas que a la entrada en vigor de esta ordenanza estén instaladas en bandas de estacionamiento podrán mantenerse durante los años 2022 y 2023 quedando limitado su funcionamiento hasta las 24:00 horas y deberán delimitar visiblemente su extensión mediante barreras o con reflectores de alta intensidad.
Por el contrario, se retirarán las terrazas ubicadas en bandas de estacionamiento situadas en zonas saturadas, en zonas de protección acústica especial (ZPAE) y en zonas ambientalmente protegidas cuando ocupen más de un 40% de las bandas existentes en el tramo de calle. En este último supuesto, las autorizaciones serán revisadas y reducidas proporcionalmente a propuesta de cada distrito hasta el nivel previsto con el fin de que la ocupación no supere el 40% de ocupación de bandas de estacionamiento.
Por otro lado, el nuevo texto de la ordenanza incluirá también la prohibición de las estufas de gas y de aquellos elementos industriales móviles que emitan gases de efecto invernadero a la atmósfera. Por ello, deberán sustituirlas en un periodo de dos años por otros mecanismos de calefacción acordes con los requisitos técnicos establecidos en la normativa específica y tener la homologación CE de la Unión Europea. En este punto, el Ayuntamiento de la capital ha previsto líneas de subvenciones para quienes tengan que cambiarlas.
Las enmiendas de Recupera Madrid (Grupo Mixto) establecen una reducción del horario con cierre a las 23:00 horas en las zonas saturadas, o incluso antes en determinadas situaciones, de manera que tendría que estar todo recogido a esa hora. También se han incorporado al texto enmiendas para establecer la figura de los mediadores, que resolverán los posibles conflictos entre vecinos y hosteleros, además de la adaptación de la ordenanza a la prohibición de fumar, la homogeneización de criterios estéticos y el mobiliario permitido en cada caso, así como sacar a los food trucks del texto pasando a venta ambulante.
El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, «confía en aprobar la ordenanza de terrazas» en el próximo pleno de la capital, porque cree que supone un «acuerdo razonable» que beneficia a la hostelería y respeta a los vecinos, y que establece un «marco estable» para el futuro. Almeida ha insistido en que el texto se diseñó partiendo de la premisa de que «es innegociable el descanso de vecinos», a quienes «hay que agradecerles el esfuerzo» que han hecho durante la pandemia «para que la hostelería pudiera sobrevivir».
No obstante, también ha recalcado que la hostelería es un sector «al que hay que echar una mano porque todavía no se ha recuperado». Almeida ha detallado que la nueva ordenanza prevé que el 70 por ciento de las terrazas COVID se acaben a partir de la aprobación de este texto, algo que está «pactado y acordado» con las asociaciones de hosteleros; mientras que del 30 por ciento restante «se va a hacer un análisis» para acordar una reducción en aquellas zonas «tensionadas» y donde haya más ruido.
Las nuevas sanciones implicarán cierres inmediatos, en no más de ocho días, de aquellas terrazas que incumplan la normativa. El Ayuntamiento retirará la terraza cuando se comentan dos infracciones muy graves o tres graves en un periodo de dos años. El propietario del establecimiento sancionado no podrá volver a obtener autorización hasta que haya transcurrido un año.