El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 20 años de prisión al hombre de 72 años que asesinó a su mujer en Arganda en 2018
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 20 años de prisión al hombre español de 72 años que asesinó a su mujer, también española, en Arganda del Rey en 2018 y trasladó el cadáver hasta su pueblo natal, Montoro (Córdoba) donde lo arrojó a un pantano.
La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, en la que desestima el recurso de Gaspar O.C., condenado como autor responsable de un delito de asesinato cualificado por alevosía y con la agravante de parentesco.
El crimen se produjo el 11 de octubre de 2018, cuando el hombre propinó a su mujer un fuerte golpe en la parte posterior de la cabeza con un objeto contundente, supuestamente un martillo. La mujer cayó al suelo y perdió el conocimiento.
El hombre, para asegurar su propósito, le ató los tobillos y las muñecas con una cuerda de tender y le tapó la cabeza con una bolsa de basura que cerró al cuello con cinta adhesiva, lo que provocó su muerte por asfixia.
Después introdujo el cuerpo en su coche, lo trasladó hasta Montoro y lo arrojó al pantano El Arenoso, en el paraje denominado La loma del barco, tras introducir una piedra de unos 5 kilos entre la ropa de la mujer.
El cuerpo fue encontrado el 19 de octubre en el pantano. El 20 de octubre el condenado confesó ante la Guardia Civil que había acabado con la vida de su esposa; mantuvo la versión ante el juzgado de instrucción, pero durante el juicio cambió de versión.
Alegó entonces que había actuado en legítima defensa o sufriendo un trastorno mental transitorio. Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid le impuso una pena de 22 años y seis meses de cárcel que luego el Tribunal Superior de Justicia rebajó en segunda instancia a 20 años y un día de prisión.
Ahora el Supremo avala al TSJM en una resolución que rechaza todos los argumentos del condenado, como que unos asaltantes acabaron con la vida de la mujer para hacerse con un dinero que guardaba en unos sobres, una hipótesis que descartan los informes forenses.
Además, la casa tenía rejas y las cerraduras no fueron forzadas, por lo que los magistrados subrayan que se trató de «una ejecución cruel y tendente al aseguramiento de la muerte de una manera despiadada y sin posibilidad alguna de defensa por parte de la víctima».
Sostienen, además, que hubo «una doble maldad intrínseca tanto en la conducta desplegada para ejecutar el crimen, como en los actos posteriores llevados a cabo para tratar de ocultar el descubrimiento del cuerpo».