El Tribunal Supremo ha condenado a un total de 13 años de cárcel a un hombre y una mujer que eran amantes y trabajadores de una funeraria por planear el asesinato del dueño de la empresa, que era el suegro del condenado. El plan se frustró porque el supuesto sicario, que también recibió la orden para llevar a cabo un segundo asesinato, terminó delatándolos ante la Policía Nacional de Alcalá de Henares
La mujer, Ana Belén E.G., que estaba casada, es condenada a ocho años de prisión por dos delitos de proposición de asesinato, ya que en su caso se ha probado que no sólo encargó acabar con la vida del suegro de su amante sino también con la de otro compañero de trabajo con quien mantenía una tercera relación afectiva. El hombre, Jesús Moreno P.P., es condenado a cinco años por un delito de proposición de asesinato, el de su suegro, siendo de aplicación en su caso la agravante de parentesco.
Según los hechos probados de la sentencia, Ana Belén y Jesús comenzaron una relación sentimental en el año 2008, cuando se conocieron en el trabajo, que los dos desempeñaban como empleados de la Funeraria Servisa. Éste último disfrutaba de un alto nivel económico debido a su matrimonio con la hija del empresario a quien planeó asesinar, quien lo mantuvo apartado de sus propios negocios al no considerarle suficientemente preparado.
«Sabedores los acusados de que, a través de la mujer de aquél podrían seguir manejando el dinero del suegro, animados por el rencor que Jesús sentía hacia su suegro, y que su amante interiorizó como propio a lo largo de su relación afectiva, idearon acabar con la vida de éste, en la creencia de que de esta manera, la hija y esposa del acusado accedería a su parte de patrimonio«, añaden los hechos probados.
A partir de septiembre de 2008, Ana Belén contactó telefónicamente con el sicario, «con quien mantenía una fluida relación incluso con connotaciones sexuales» según la sentencia del alto tribunal. De hecho, la condenada llegó a contar que mantenían relaciones sexuales por teléfono. Además de acabar con la vida del suegro de Jesús, le pidió que hiciera lo propio con su otro amante, empleado también de la funeraria, de quien dijo que le acosaba sexualmente, añadiendo que debería ser el primero en morir, porque podría llegar a sospechar de la muerte del empresario.
La policía comprobó que el 26 de enero de 2009, Jesús Moreno sacó 3.000 euros en efectivo de una cuenta corriente que tenía abierta en una sucursal de Banesto y que previamente había sacado de otra cuenta de su mujer, a la que cargaba viajes y regalos que compartía con Ana Belén. Con esos 3.000 euros, Ana Belén se cita con el sicario, un antiguo amigo, vigilante jurado, ese mismo día. Quedan en un bar llamado Tupamaro, en el barrio del Chorrillo, en Alcalá de Henares. Ana le entrega a su amigo un sobre con 3.000 euros (a modo de adelanto), también le da un juego de tres llaves y dos fotos: una es una imagen de la cena de Navidad de los empleados de la funeraria donde se ve a José Antonio, que debía ser el primero en morir, y luego le envía una fotografía al teléfono móvil donde se ve a Mariano López, el dueño y el segundo objetivo de su plan. Además le proporcionó otros datos en relación con los vehículos que usaban, horarios de trabajo en la oficina o sus domicilios, así como un juego de llaves de la vivienda del empresario.
Sin embargo, lo que hizo el sicario ese mismo 26 de enero de 2009 fue contactar con la Comisaría de Policía de Alcalá de Henares y denunciar los hechos. El hombre, que trabajaba como vigilante jurado en Alcalá, cuenta que una antigua amiga de la adolescencia le acaba de ofrecer dinero para matar a su jefe y a un compañero de trabajo. El sicario arrepentido, testigo protegido del caso, explica que Ana sabía que él había sido portero de discoteca durante algún tiempo y pensó que el hombre podía conocer a algunos matones para llevar a cabo el doble crimen.
El Supremo ha apreciado parcialmente los recursos de ambos acusados contra la sentencia de primera instancia, dictada por la Audiencia de Madrid, que impuso diez años de cárcel a la mujer y seis años al hombre, por la atenuante de dilaciones indebidas.
También ha rechazado la aplicación de la figura del delito provocado y ha desestimado el recurso de casación del suegro del acusado (acusador particular) por no darse los supuestos necesarios para imputarle a su yerno dos proposiciones de asesinato en lugar de una, ni tampoco los requisitos para las agravaciones punitivas que interesa para ambos acusados.