La Comunidad de Madrid aprueba la Ley LIDER para facilitar la construcción de viviendas
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado este miércoles el Proyecto de Ley de Impulso y Desarrollo Equilibrado en la Región (LIDER), una nueva norma con la que el Ejecutivo autonómico pretende facilitar la construcción de viviendas, reducir la burocracia urbanística y acortar los plazos de tramitación de 12 a 4 años. El texto, anunciado por la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, durante el último Debate del Estado de la Región, será remitido ahora a la Asamblea de Madrid para continuar su tramitación.
La ley ha sido elaborada tras un proceso de participación con administraciones, expertos y sectores implicados y plantea un modelo de planificación urbanística más ágil, teniendo en cuenta las necesidades de cada municipio, la protección del medio ambiente y el paisaje, así como el desarrollo de infraestructuras y servicios públicos.
Entre las principales novedades destaca la creación de los nuevos Planes Estratégicos Municipales (PEM), que permitirán a los ayuntamientos aprobar su planificación urbanística en un plazo de entre cuatro y seis años, frente a los cerca de doce que puede requerir actualmente. Además, el planeamiento de desarrollo reducirá sus tiempos de siete a cuatro años y, en determinados supuestos, podrá completarse en solo un año mediante ordenanzas urbanísticas.
Según el Gobierno regional, 42 ayuntamientos, entre ellos Madrid capital, ya han iniciado la elaboración de estos planes al amparo de la Ley 7/2024 de desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio.
La norma simplificará también la clasificación del suelo, que pasará de cinco categorías a tres: suelo urbanizado, suelo rural protegido y suelo rural no protegido, con el objetivo de facilitar su gestión y aportar mayor seguridad jurídica a propietarios, ayuntamientos e inversores.
Más autonomía para los ayuntamientos
LIDER refuerza además la autonomía municipal. Los municipios de más de 15.000 habitantes podrán aprobar todos sus instrumentos de planificación urbanística, mientras que la Comunidad de Madrid mantendrá las funciones de control de legalidad. Asimismo, todos los ayuntamientos podrán aprobar sus ordenanzas urbanísticas, los estudios de detalle y los catálogos de bienes y espacios protegidos.
La nueva ley facilitará también el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas en suelo rural al simplificar los trámites necesarios para su puesta en marcha. Además, serán los propios consistorios quienes autoricen estos proyectos.
La norma incorpora igualmente un modelo pionero en España para impulsar la remodelación de barrios y la mejora de espacios públicos y privados sin que los costes recaigan sobre los vecinos. También facilitará la protección del patrimonio histórico al evitar que sea necesario modificar todo el planeamiento urbanístico para proteger un edificio.
En el caso de los municipios más pequeños, LIDER establece un régimen específico adaptado a sus necesidades e incorpora un servicio de acompañamiento técnico de la Comunidad de Madrid para ayudarles a elaborar su planeamiento urbanístico, incluyendo estudios previos, la tramitación ambiental y los informes necesarios.
Impulso a la vivienda
El Ejecutivo madrileño enmarca esta ley dentro de su estrategia para agilizar la construcción de viviendas y reducir la burocracia. En este sentido, recuerda que la Ley 3/2024 de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida ha permitido conceder licencias para construir 3.679 viviendas durante su primer año de vigencia y prevé alcanzar las 10.000.
Además, destaca la puesta en marcha de la Aceleradora Urbanística regional, que centraliza la tramitación de informes para acelerar los proyectos de vivienda y actividad económica. Según la Comunidad de Madrid, este organismo ya ha impulsado actuaciones para la construcción de 17.600 viviendas, de las que cerca de 6.000 serán protegidas.
Nueva regulación de espectáculos
LIDER actualizará también la normativa sobre espectáculos públicos y actividades recreativas, vigente desde hace casi 30 años, para adaptarla a la realidad actual del ocio, la cultura, la gastronomía y los grandes eventos que acoge la región.
Entre otras medidas, los municipios de más de 20.000 habitantes asumirán la autorización de los espectáculos de carácter excepcional que se celebren en su término municipal. Asimismo, la ley actualizará el régimen sancionador y prohibirá el uso de llama viva, fuego abierto, bengalas y otros dispositivos pirotécnicos en establecimientos de hostelería y ocio cuando no existan espacios habilitados para ello.