Condenado en Madrid a 13 años por matar a su pareja, a la que arrastró con el coche en marcha

La Audiencia Provincial considera probado que el acusado continuó conduciendo mientras la víctima iba agarrada al vehículo y realizó maniobras que acabaron provocando su caída mortal.
La Audiencia Provincial de Madrid, en una imagen de acribo. TSJM
La Audiencia Provincial de Madrid, en una imagen de acribo. TSJM

La Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a trece años de prisión a un hombre por matar a su pareja tras realizar maniobras peligrosas con el coche cuando la mujer se encontraba agarrada al vehículo en plena vía pública. El tribunal le considera autor de un delito de homicidio con la agravante de parentesco.

La sentencia, dictada tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, absuelve al acusado de los delitos de conducción temeraria, conducción bajo la influencia de drogas, lesiones y maltrato habitual, por los que también había sido juzgado.

Los hechos ocurrieron el 2 de septiembre de 2024, cuando ambos mantuvieron una discusión en la vivienda que compartían en Madrid. Tras abandonar el domicilio, el hombre se dirigió a su vehículo y la mujer le siguió hasta la calle.

Según declara probado el jurado, la víctima se colocó primero delante del coche e incluso llegó a subirse al capó mientras el acusado continuaba circulando. Poco después volvió a situarse frente al vehículo y le exigió que se detuviera.

En ese momento, el condenado abrió la puerta del acompañante simulando que iba a dejar entrar a la mujer. Sin embargo, cuando esta se acercó para subir, reanudó la marcha. La víctima quedó agarrada al lateral del automóvil mientras el vehículo seguía circulando.

El jurado concluyó que el acusado era plenamente consciente de que la mujer permanecía aferrada al coche y, pese a ello, continuó conduciendo, realizó maniobras en zigzag, invadió parcialmente la acera y dio un frenazo brusco que provocó que la víctima saliera despedida y se golpeara violentamente contra el suelo.

Tras la caída, el conductor abandonó el lugar sin prestarle auxilio. La mujer sufrió un grave traumatismo craneoencefálico y falleció al día siguiente en el hospital como consecuencia de las lesiones.

El tribunal considera que el acusado actuó con dolo eventual, ya que conocía el riesgo extremo que corría la víctima y, aun así, decidió continuar la marcha aceptando la posibilidad de causarle la muerte.

Además de la pena de prisión, la sentencia le prohíbe aproximarse o comunicarse con los hijos de la víctima durante veinte años, le impone diez años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena y acuerda el comiso del vehículo utilizado en los hechos. Asimismo, cuando acceda al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional, la pena podrá sustituirse por la expulsión del territorio nacional, con prohibición de regresar a España durante diez años.

No obstante, la resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.