La Comunidad de Madrid denuncia una alusión casi constante a términos como sostenibilidad o perspectiva de género en materias con las que no guardan ninguna relación
La Comunidad de Madrid ha recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto de Bachillerato aprobado por el Gobierno central en el marco de la nueva Ley educativa estatal -LOMLOE-, tras detectar «una falta de contenidos o saberes esenciales y también una elevada carga ideológica en el texto». Así lo ha señalado hoy el vicepresidente, consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio, tras el Consejo de Gobierno. En este curso 2022/23 un total de 110.000 alumnos estudian Bachillerato en los centros educativos de la Comunidad de Madrid.
El recurso, que fue presentado ante el Alto Tribunal este lunes, está motivado «por la ausencia de contenidos básicos, así como en la elevada ideología incluida por el Gobierno de España en la redacción de la normativa». «Por ejemplo, algunos términos en asignaturas con las que no guardan ninguna relación se repiten en numerosas ocasiones, como sostenibilidad (130 veces), perspectiva o igualdad de género (54)», señala el Gobierno regional.
Según el informe en el que la Comunidad de Madrid ha basado su recurso, «el abordaje de estos temas resulta complejo y debe hacerse con la mayor seriedad y rigor, pues no parece prudente vincular, por ejemplo, la validez matemática con el consumo responsable, ni exigirles a los docentes de las distintas especialidades que deban enfrentarse a ello sin tener los conocimientos requeridos. Dicho en otras palabras, la reiteración constante sin importar una mínima coherencia termina por banalizarlos», enfatiza el escrito.
En este sentido, el propio Consejo Escolar del Estado, en su Dictamen 35/2021, expresó que «sería aconsejable realizar una revisión del proyecto, con el fin de analizar estos elementos del currículo desde el punto de vista de su verdadero carácter básico, así como examinar reiteraciones innecesarias».
De esta manera, según destaca el informe del Gobierno madrileño, la «intromisión» del Estado más allá de lo legalmente permitido puede suponer la conculcación directa de derechos constitucionalmente reconocidos como el artículo 1 (pluralismo político); 16.1 (libertad de pensamiento y conciencia); 16.2 (libertad declarativa); 20.1.c (libertad de cátedra); 27.1 (derecho a la educación y libertad de enseñanza); 27.2 (ideario educativo constitucional); 27.3 (derecho de los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos); y 27.5 (programación general de la enseñanza), por ello su especial relevancia.
Otro de los aspectos que se resaltan es la reducción de contenidos o saberes básicos, algo que sería contrario al artículo 6 de la propia Ley Orgánica 2/2006 LOMLOE, que define los contenidos como una parte esencial del currículo. Así, por ejemplo, en el caso de Biología, Geología y Ciencias Ambientales, se ha contabilizado una carencia de conocimientos mínimos correspondientes al 50% de los saberes básicos que deben desarrollarse, y, por el contrario, hay un exceso de referencias a ideología que el Gobierno central considera más importante que asuntos como, por ejemplo, la sostenibilidad.
El Ejecutivo madrileño también ha denunciado que en la confección del currículo no se hayan tenido en cuenta las aportaciones de órganos independientes. Así, la ausencia de saberes básicos esenciales es señalada por la Real Sociedad Española de Física, que presentó un total de 15 aportaciones a Física y Física y Química, de las cuales solo se han aceptado dos, y parcialmente.
Especialmente llamativa es la contribución de la Real Academia de la Historia (RAH) en la que se indican temas tan importantes como la reducción de la Historia de España a la Edad Contemporánea, subrayando que «hay un exceso de presentismo y de exclusiva atención a la más reciente etapa de la Historia contemporánea en la determinación del programa de saberes básicos, este sesgo presentista produce planteamientos explicativos que privan a los estudiantes de la necesaria visión diacrónica que caracteriza la perspectiva histórica integrada». En este sentido, cabe indicar que RAH presentó un total de 23 alegaciones, de las cuales únicamente se aceptó una, mientras que las otras 22 fueron rechazadas.