La resolución ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo por las dos partes
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cinco años y un día de cárcel a un hombre de 45 años por abusar sexualmente, hasta en dos ocasiones, de una niña de 8 años, hija de sus vecinos de rellano, en Arganda del Rey, según adelanta la Cadena SER.
La sentencia reprocha al condenado que haya intentado desacreditar la denuncia acusando a la madre de la víctima de estar «encaprichada» con él, una versión que corroboraron la esposa del condenado y otros vecinos, aunque los jueces la descartan por completo, al considerar que está «llena de lagunas».
Para los magistrados, el acusado «se ha servido de la relación de confianza que existía entre ambas familias, lo que facilitó su disponibilidad y acceso a la menor, quien acudía continuamente a su domicilio», llegando a grabar a la niña desnuda en una ocasión con su teléfono móvil.
La niña, en su declaración, definida en la sentencia como un testimonio «espontáneo, franco, creíble y verosímil», relata que en una ocasión le mostró el pene con la excusa de que le bajara los pantalones para ayudarle a que se pusiera el bañador.
En otra ocasión, y sin que la pequeña lo supiera, el condenado le grabó con su móvil sus partes íntimas.
La niña aseguró también que el acusado le ofreció dos euros a cambio de no contar nada a nadie.
Por estos hechos, se le ha condenado, como autor responsable de un delito continuado de abuso sexual, a cuatro años y un día de prisión, y a otro año por descubrimiento y revelación de secretos.
Además, se le ha impuesto una orden de alejamiento de 500 metros de la agredida, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años.
También se le ha impuesto libertad vigilada durante seis años una vez salga de la cárcel, y se le ha inhabilitado para cualquier profesión relacionada con menores por un periodo de tres años.
Los magistrados también recogen que deberá participar en programas formativos de educación sexual.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros por los perjuicios morales causados, tendrá que hacer frente a las costas procesales y deberá pagar una multa de 2.560 euros.