La doctora perforó el útero y el intestino de la embarazada
El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid ha condenado a una ginecóloga de la compañía Adeslas, y a la propia compañía, por las secuelas ocasionadas a una paciente embarazada durante la práctica de un legrado.
Según informa la asociación El Defensor del Paciente, la colegiada perforó el útero y el intestino de la embarazada durante un legrado.
La paciente acudió a una clínica concertada con Adeslas en diciembre de 2014 por anomalías en su embarazo, comprobando la doctora que no existía latido fetal, motivo por el cual se le comenzó a suministrar medicación para intentar provocar un aborto medicalizado, aunque la víctima empezó a sufrir vómitos, importante sangrado, diarreas y contracciones.
Por ello, la ginecóloga decidió practicar un legrado, introduciendo las pinzas de Winter para proceder a la extracción del feto, sacando las asas intestinales de la paciente en lugar del mismo.
Posteriormente, se comprobó que esa intervención también había provocado la rotura de la pared posterior del útero y del recto, lo que ha ocasionado que la paciente haya tenido que someterse a hasta cuatro intervenciones de reparación y a una más por obstrucción intestinal.
Todo ello, según la asociación, ha generado en la denunciante un dolor abdominal a diario, e incontinencia fecal, no pudiendo permanecer más de cuatro horas fuera de su casa por la sucesión de diarreas explosivas, y una incapacidad permanente en el grado de absoluta.
La sentencia señala que «el hecho de que una mujer sana, en su primer trimestre de embarazo, acuda a someterse a un legrado y termine por verse abocada a una serie de intervenciones quirúrgicas y padecimientos del tenor que consta descrito en las actuaciones, solo puede ser explicado desde la apreciación de una conducta contraria a la lex artis ad hoc».
«Daños tan desproporcionados como la rotura del útero y, sobre todo, una perforación intestinal, no se justifican con una intervención tan aparentemente sencilla como es la realización de un legrado, si no es desde la perspectiva del empleo de una técnica deficiente», afirma la resolución judicial.
La asociación ha expresado su sorpresa por la presentación de un recurso por los acusados que, según ha subrayado, «se trata de una maniobra dilatoria toda vez que el pleito se ha interpuesto por cuantía indeterminada debiendo debatirse la suma indemnizatoria en otro pleito distinto».