El cierre perimetral de las comunidades, el toque de queda a las 23 horas y la prohibición de eventos masivos son algunas de las medidas de obligado cumplimiento en toda España
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en su reunión del pasado 10 de marzo, aprobó el acuerdo sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública frente a la Covid-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021 que hoy publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las medidas, de obligado cumplimiento por todas las comunidades autónomas, estarán en vigor del 17 al 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo; y desde el 26 de marzo al 9 de abril de 2021, en todo el territorio.
Limitación de la movilidad territorial
La movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades y ciudades autónomas y sujeta a las excepciones reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
No obstante, la norma no se aplicará en las Islas Canarias ni Baleares, aunque los viajes a cualquiera de las islas desde la Península no estarán permitidos salvo causa justificada, como recoge el decreto del estado de alarma. Sí podrá llegar turismo extranjero, aunque éste deberá cumplir las normativas que apliquen los gobiernos insulares, como la presentación de un test covid negativo.
Es decir, los ciudadanos podrán visitar otra comunidad autónoma distinta a la suya por causa debidamente justificada: motivos laborales, médicos, legales, formativos o de fuerza mayor, entre otros supuestos recogidos en el en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
Toque de queda nocturno
En todo el territorio nacional y durante las fechas indicadas se limitará el derecho de movilidad nocturna como máximo a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas.
Reuniones sociales y familiares
Queda limitada la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.
El acuerdo establece que «aquellas comunidades y ciudades autónomas que se rijan por medidas más restrictivas que las contempladas serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas, teniendo en cuenta que ello supondría una modificación de los hábitos establecidos hasta ahora y que están siendo cumplidos por la ciudadanía».
Recomendaciones
Se recomienda no bajar el nivel de alerta en el que se encuentra la comunidad o ciudad autónoma desde las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa, aunque los indicadores sean favorables, y por ello mantener las medidas establecidas en ese momento, o aumentarlas si la evolución de los indicadores así lo exigiese.
No se celebrarán eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas. Los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo y otras medidas establecidas según el nivel de alerta de cada comunidad o ciudad autónoma.
Se considera pertinente realizar una campaña institucional para evitar la relajación de comportamientos, con el lema «No salvamos semanas, salvamos vidas». «Este esfuerzo debe incluir la integración en las estrategias de comunicación de elementos dirigidos a reducir el impacto de la fatiga pandémica en las medidas de control y plantear los escenarios de riesgo previstos, incluyendo la esperanza que aportan los buenos resultados de las vacunas utilizadas para el control de la epidemia», señala el texto.
Coordinación con la Federación Española de Municipios y Provincias. Estas medidas deben ser coordinadas en la medida de lo posible con las entidades locales.
Madrid en contra de las medidas
Por su parte, la Comunidad de Madrid, que votó en contra de las medidas (mientras que Cataluña se abstuvo) ha estado defendiendo estos días que no cerrará perimetralmente la región salvo que la ley le obligue a ello. En este sentido, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, no descartó acudir a los tribunales.
No obstante, el documento publicado hoy en el BOE deja claro que «este acuerdo obliga a todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas, con independencia del sentido de su voto, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial referidos a un ámbito material, el sanitario, en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general». Pincha aquí para consultar el acuerdo en el BOE.