Madrid capital con todos sus distritos, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Móstoles, Leganés, Parla y Getafe
El Gobierno impone su criterio y ordena el cierre de 10 municipios de la Comunidad de Madrid en las próximas 48 horas durante 14 días, una vez que se publique en el BOE una orden con la «decisión colegiada» del Consejo Interterritorial de Salud para aplicar las nuevas restricciones de control de la pandemia propuestas por Sanidad.
Así lo ha anunciado en rueda de prensa el ministro de Sanidad, Salvador Illa, tras la reunión del Consejo Interterritorial de Salud celebrada esta tarde entre el ministerio y las comunidades autónomas. Illa ha recordado que la orden que se publique será «de obligado cumplimiento», pese a que la orden cuenta con el rechazo del Gobierno madrileño de Isabel Díaz Ayuso y de otras cinco comunidades, que también han votado en contra: Andalucía, Galicia, Cataluña, Ceuta y Murcia
La orden de Sanidad afectará a los municipios de Madrid capital con todos sus distritos, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Móstoles, Leganés, Parla y Getafe. Todos ellos tienen más de 100.000 habitantes y una incidencia superior a 500 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días.
Además, todos ellos forman parte de la comunidad que tiene en estos momentos una tasa de ocupación de UCIs del 41%, por encima del 35% fijado por Sanidad; y una positividad, en las PCRs que se realizan, del 21%, también por encima del 10% fijado por el ministerio que dirige Salvador Illa.
En estos territorios se restringe la entrada y salida de personas, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, como asistir al centro de salud, al puesto de trabajo, a centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos públicos. También para renovaciones de permisos y documentación oficial, trámites administrativos inaplazables; realización exámenes o pruebas oficiales también inaplazables; y por causa de fuerza mayor, entre otros.
Los ciudadanos sí podrán moverse sin limitaciones dentro de sus localidades, para ir a comprar, a trabajar, al colegio o a cualquier otro lugar, aunque se recomienda reducir al máximo el número de desplazamientos y el contacto con otras personas.
Se limitan a seis personas las reuniones (medida que ya estaba en vigor en toda la región) de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.
Se suspende la actividad de los parques infantiles de uso público y el aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, con una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.
Además, el aforo máximo en los velatorios será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes, mientras que podrán participar en la comitiva fúnebre de enterrar o despedida para la cremación de la persona fallecida un máximo de quince personas.
Igualmente, se reduce al 50% el aforo máximo en los locales comerciales y servicios abiertos al público, que cerrarán no más tarde de las 22 horas, salvo las excepciones que se prevean.
En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas, el aforo permitido no podrá superar el 50% en espacios interiores y del 60% en exteriores, en tanto que el consumo en barra no estará permitido. Además, las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y a las demás mesas y el grupo que se siente no será superior a las seis personas.
Tampoco se admitirán nuevos clientes a partir de las 22 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
El aforo máximo de autoescuelas, centros privados de enseñanzas no regladas y de formación será del 50 por ciento, y en las instalaciones deportivas al aire libre el aforo máximo será del 60% mientras que las de interior será del 50%.
En otras actividades, servicios e instalaciones, el aforo máximo será del 50% salvo que se prevea uno inferior, y las comunidades con municipios afectados deberán reforzar sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19.