Culpable por unanimidad de un delito de infidelidad en la custodia de documentos y de un delito continuado de estafa informática
El jurado popular que ha juzgado en la Audiencia Provincial de Guadalajara a un cartero de El Casar por apropiarse de cerca de 30.000 euros tras acceder a las tarjetas de débito o crédito y el pin que enviaba el Banco Santander por carta a los clientes antes de que estas llegaran a los domicilios, ha considerado a FJ.C.M. culpable por unanimidad del delito de infidelidad en la custodia de documentos y del delito continuado de estafa informática.
El jurado ha entendido que el acusado se apropió de las tarjetas de crédito y números PIN de los clientes y que hizo uso de ellas, todo ello en base a los indicios que le vinculan, entendiendo, entre otras cosas, que dichas tarjetas solo podían haber sido sustraídas en la oficina de Correos de El Casar, y que se rastrearon todos los móviles de los trabajadores y que en ninguno se encontró ningún dato de geolocalización de los lugares de extracción del dinero salvo en los vinculados al acusado.
Además, días antes de estos hechos, que se sitúan en los años 2016 y 2017, el Banco de Santander había cancelado la cuenta del acusado por impagos, lo que unido a diferentes declaraciones en las que se afirmaba que FJ.C.M. había pedido dinero a sus compañeros y amigos, indica que se encontraba en una situación precaria económicamente, valorándose esto como posible móvil para perpetrar los hechos juzgados.
Igualmente, los miembros del jurado han entendido también como otro hecho a tener en cuenta las características físicas ofrecidas en su declaración por una de las víctimas sobre el propio acusado, y que coinciden con su descripción tanto en base a su DNI como en la que se aporta en su perfil del WhatsApp, tenía baja estatura, perilla y llevaba gafas de sol, dijo.
Además, creen que, si bien procede aplicar al acusado los beneficios de la revisión condicional de la pena, no procede pedir al Gobierno el indulto para FJ.C.M.
El juicio ha quedado de este modo visto para sentencia sin que el Ministerio Fiscal haya modificado en sus peticiones de pena para el acusado FJ.C.M., para quien mantiene los 5 años de prisión que pedía inicialmente, por un delito continuado tanto en la infidelidad en la custodia de documentos y por otro delito continuado de estafa informática, así como 30 meses de multa, y en su defecto, que al menos se le condene a 3 años y seis meses de prisión por el daño causado y los múltiples perjuicios a múltiples víctimas, informa Europa Press.