La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a la expresidenta madrileña en la demanda que interpuso contra Eroski por no custodiar el vídeo que forzó su dimisión
La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a la expresidenta madrileña Cristina Cifuentes en la demanda que interpuso contra Eroski por no custodiar el vídeo que forzó su dimisión en abril de 2018 al determinar los magistrados que la cadena de supermercados vulneró su derecho fundamental a la intimidad personal.
Los magistrados dan en parte la razón a Cifuentes en la demanda interpuesta contra Cecosa Hipermercados S.L., filial de Eroski, por vulneración de los derechos fundamentales de la demandante por incumplimiento de los deberes legales de custodiar y destruir la grabación que años después salió a la luz.
El tribunal reduce la indemnización solicitada por la expresidenta regional a 30 000 euros por daños y perjuicios – Cifuentes reclamaba en la demanda 450 000 euros- al no custodiar de forma adecuada las imágenes grabadas en el establecimiento el 5 de mayo de 2011 cuando la expresidenta fue pillada por el personal de seguridad de un supermercado con unas cremas en el bolso, que supuestamente había hurtado.
Además, recuerda el tribunal en su fallo que todo establecimiento comercial, o institución de cualquier tipo, que recoja grabaciones de seguridad, tiene que esforzarse en evitar que las imágenes grabadas se copien y en destruirlas en un plazo máximo de 30 días, siempre que no las incorpore a una denuncia penal.