Se trata de 137 viviendas de alquiler a precio asequible que se entregarán en octubre
La Comunidad de Madrid abre este jueves, 20 de junio, a las 10:00 horas, la inscripción, por orden de llegada, para optar a los 137 pisos de alquiler a precios asequibles del Plan Vive en Torrejón de Ardoz, con prioridad para los torrejoneros. La inscripción se debe realizar a través de la siguiente página web: https://vivetuavalon.com/plan-vive-home/inscribete-en-nuestros-municipios/torrejon-de-ardoz/
Se trata de 137 Viviendas de Protección Pública de Precio Básico (VPPB) de obra nueva a estrenar de alquiler asequible de un dormitorio desde 551 euros/mes, de dos dormitorios desde 679 euro/mes y de tres dormitorios desde 802 euros/mes, situadas en la Avenida de la Constitución, junto a la rotonda del avión, en el nuevo barrio de Soto Norte.
Las nueva viviendas están incluidas en el Plan Vive de la Comunidad de Madrid. La promoción consta de 67 pisos de un dormitorio, 56 de dos y 14 de tres, además de áreas comunes con piscina, área deportiva, zona infantil, gimnasio, coworking, trasteros y garaje con puestos de recargas para coches eléctricos.
Asimismo, la construcción cumple los criterios de sostenibilidad, habitabilidad, y aprovechamiento energético con climatización mediante aerotermia, que combina calefacción y refrigeración. La Comunidad de Madrid ha anunciado que la entrega de estos pisos se hará este otoño, en el mes de octubre, tal y como contamos aquí en MiraCorredor.
El principal requisito para poder optar a estos pisos es que la persona solicitante la destine a residencia habitual y, además, no tenga ninguna otra propiedad a su nombre en todo el territorio nacional. Igualmente, ha de ser mayor de edad y tener la nacionalidad española, teniendo prioridad los empadronados en el municipio donde estén ubicadas las casas.
También tienen prioridad los que tengan su puesto de trabajo en la localidad desde hace al menos tres años y las víctimas de violencia contra la mujer. Otro aspecto importante es el límite de gasto ya que no se puede destinar más del 35 % de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia al pago de la renta total por año.