La mascarilla desaparece también en los centros educativos en los recreos y durante las actividades al aire libre
Las mascarillas han dejado de ser obligatorias en exteriores en España desde hoy tras la publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de un real decreto del Ministerio de Sanidad por el que se elimina su obligatoriedad, al haber mejorado la situación epidemiológica.
Según Sanidad, desde el 21 de enero se ha producido un descenso rápido de la incidencia, que «se mantiene estable hacia el descenso progresivo», entre otras causas por los altos índices de vacunación y por las medidas de control de transmisión no farmacológicas adoptadas por la población.
La decisión de suprimir las mascarillas al aire libre se adopta al constatar que tienen un impacto mayor en los espacios interiores en los que se reúnen personas que no conviven habitualmente y en grandes aglomeraciones.
No obstante, deberán usar siempre mascarilla las personas mayores de 6 años, independientemente de la distancia de seguridad, en los siguientes supuestos:
– En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
– En los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.
– En los medios de transporte aéreo, en autobús o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
– En espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.
La medida se exime en algunos casos:
– A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
– En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
– En espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con discapacidad.
– También en las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre que la cobertura de vacunación contra la Covid-19 sea superior al 80% con pauta completa y de la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente.
– Esta última excepción no será de aplicación a los visitantes externos ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con discapacidad, ya que en este caso sí es obligatorio el uso de mascarilla.
La mascarilla desaparece también en los recreos:
Cada comunidad autónoma decide cuándo elimina la mascarilla en los patios de los centros educativos y en los recreos al aire libre. En el caso de la Comunidad de Madrid, se ha determinado que desde este jueves las mascarillas dejen de ser obligatorias en los centros educativos «durante los períodos de recreo y en el desarrollo de otras actividades siempre que se realicen, en ambos casos, en espacios al aire libre».
Así se recoge en la orden 168/2022 de la Consejería de Sanidad que saldrá publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), por la que se modifica la orden 1244/2021, de 1 de octubre, al objeto de adecuarla al contenido del real decreto 115/2022, de 8 de febrero, sobre la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha informado la Consejería de Sanidad.
La orden de la Consejería de Sanidad que se publicará este jueves se precisa, en aras de garantizar la necesaria seguridad jurídica, que la eliminación de la obligatoriedad del uso de mascarilla al aire libre también se aplicará a los centros educativos en los que se imparta Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas, Artísticas, Deportivas, Educación de Personas Adultas y Universitaria.
Una vez sea publicado en el BOCM, la Consejería de Educación, Universidades y Ciencia y Portavocía del Gobierno regional remitirá la orden a todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid para que sean conocedores de la nueva normativa y que se aplique desde este mismo jueves.