El PP ha presentado un recurso de reposición al considerar que la decisión del Ayuntamiento carece de respaldo legal
El Partido Popular de Alcalá de Henares ha presentado este martes un recurso de reposición previo a la vía administrativa en el que solicita al alcalde que revoque la decisión de la no instalación del mercadillo el próximo lunes 8 de octubre, al entender que dicha decisión «carece de respaldo legal al omitir los requisitos indispensables para la aplicación del apartado 1 del artículo 11 de la Ley 1/1997 que regula la venta ambulante y teniendo en cuenta que esta decisión va a afectar a 300 puestos comerciales a los que no se les va a permitir realizar el negocio al que están autorizados y que esto va a afectar al medio de subsistencia de muchas familias».
Según el escrito, al que ha tenido acceso MiraCorredor, el 28 de septiembre de 2018 la Junta de Gobierno Local aprobó la no instalación del mercadillo que se celebra los lunes el próximo 8 de octubre debido a la celebración del Mercado Cervantino.
La no instalación se justificaba en virtud del apartado 1 del artículo 11 de la Ley 1/1997, de 8 de enero, reguladora de la venta ambulante de la Comunidad de Madrid que establece lo siguiente: «El día de celebración del mercadillo y el horario de venta al público se determinarán por cada Ayuntamiento, exponiéndose públicamente en lugar visible del propio edificio de la Corporación y en los alrededores de la zona autorizada para su colocación. Si el día de celebración coincidiese con alguna festividad o acontecimiento en el lugar de su ubicación, la alcaldía o el concejal competente en cada caso resolverá sobre el día en que haya de celebrarse el mercadillo en esa semana, comunicándose la decisión a los comerciantes con una antelación mínima de quince días a aquel en el que se decida su celebración».
En el caso de la decisión adoptada por la Junta de Gobierno Local, el portavoz del PP de Alcalá, Víctor Chacón, manifiesta en su escrito que «no se dan los dos elementos esenciales que requiere la Ley para que el Ayuntamiento proceda a su cancelación ocasionando un perjuicio económico a los comerciantes que se instalan en Alcalá».
En este sentido expone que «en primer lugar, el Mercado Cervantino no se celebra en el mismo sitio donde se ubica el mercadillo. De hecho, el punto de celebración central del Mercado Cervantino que es la Plaza Cervantes dista a más de un kilómetro de distancia de la actual ubicación del mercadillo».
Chacón recuerda que «en todos los años que se ha celebrado el Mercado Cervantino nunca se ha procedido a la cancelación del mercadillo de los lunes, que se ha celebrado con absoluta normalidad, lo que viene a acreditar la compatibilidad de ambos eventos. Si en 20 años ambos eventos han sido simultáneos, no se comprende esta decisión aun cuando la nueva ubicación del mercadillo derivada de las obras del recinto ferial han alejado aún más los puestos del centro de la ciudad».
En segundo lugar, el recurso incide en que «la aprobación se produce un 28 de septiembre, lo que se imposibilita que se produzca la antelación mínima necesaria para comunicar a los comerciantes que otorga la legislación. Esto provoca una evidente indefensión por parte de los comerciantes a las que se les va a producir un perjuicio económico al no poder realizar sus ventas tal y como viene siendo habitual. Es más, a día a de hoy, 1 de octubre, ningún comerciante ha sido avisado de la decisión adoptada por el Ayuntamiento. La falta de previsión del Ayuntamiento de aprobar la no instalación con plazo suficiente puede provocar un perjuicio patrimonial si se entiende que no se ha ajustado a derecho».
Los populares insisten en que «estas dos premisas legales existen para evitar que una Administración pueda tomar decisiones sin fundamento que puedan afectar a la marcha habitual de un mercado instalado. Son muchas las sentencias desfavorables para aquellos Ayuntamientos que han tomado decisiones sin que estuvieran ajustadas a las disposiciones de la Ley 1/1997 y debiendo además proceder a la indemnización de los comerciantes por los beneficios dejados de percibir por su cancelación. Mantener la no instalación sabiendo que no está ajustada a los que establece la normativa situaría al Ayuntamiento de Alcalá de Henares en ese riesgo».