La Comunidad de Madrid ha iniciado los trámites d ella nueva ley que busca mejorar la cércala con el paciente
La Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Consejería de Sanidad ha iniciado los trámites de la nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid, que mejorará la cercanía con el paciente y humanizará la atención profesional. Incorpora asimismo las necesidades de los ciudadanos y los farmacéuticos a la sociedad del siglo XXI, respecto de la ley en vigor del año 1998.
El texto del anteproyecto de ley está publicado ya en el Portal de Transparencia para su tramitación urgente y poder completar los plazos durante la presente legislatura, y recoge las experiencias positivas de la dispensación de fármacos a domicilio que hubo que realizar durante el confinamiento por la pandemia del COVID-19. De esta forma garantiza la calidad durante todo el proceso de administración de fármacos, en las oficinas de farmacia o a domicilio, por profesionales cualificados para ello.
Con la nueva norma se adapta el concepto de dispensación de fármacos a la realidad actual, reivindicando la importancia del profesional en su administración al tiempo que refuerza la información sobre medicamentos y productos sanitarios. Y se manifiesta aún más la necesidad de reforzar la adherencia del paciente al tratamiento pautado. En este sentido, se regulan los sistemas personales de dosificación, con especial énfasis en los pacientes crónicos, polimedicados y en situación de dependencia.
El anteproyecto de ley recoge las diferentes sensibilidades del sector, para lo que se han mantenido reuniones, fundamentalmente con el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), la Asociación de Empresarios Farmacéuticos de Madrid (ADEFARMA) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, entre otros.
Se prevé además la ampliación de las secciones en las oficinas de farmacia. Así, se podrá integrar nutrición y dietética en estos espacios de salud favoreciendo el estímulo de la economía y el empleo, en tanto que brinda salidas profesionales a las titulaciones que existen en la actualidad, señalan desde el Gobierno regional.
La nueva norma incorpora además el compromiso social y la sensibilidad de la Comunidad de Madrid con el medio ambiente, facilitando el acceso de los ciudadanos a la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados, así como de otros productos sanitarios tras su uso, mediante sistemas de recogida autorizados.
Localización y horarios
La señalización, identificación y publicidad de las oficinas de farmacia se regulará conforme a las necesidades de los vecinos de cada municipio, para hacer más fácil y accesible su localización. Los horarios de las mismas serán flexibles y garantizarán unas franjas horarias comunes.
La propuesta del anteproyecto de ley establece que como mínimo deberán permanecer abiertas 40 horas semanales, de las cuales tendrán una franja fija de 10:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 19:00, de lunes a viernes, y los sábados sólo en turno de mañana. Del mismo modo se fija una franja variable que permite la apertura las 24 horas, los 365 días del año.
El nuevo texto recoge las particularidades de los municipios más pequeños de la región, que suelen estar ubicados en el entorno rural. En el caso de localidades de menos de 2.000 habitantes el horario podrá acomodarse a las particularidades de estos pueblos, con el objetivo de adecuar la atención sanitaria a las necesidades de la población y los ritmos actuales de su vida cotidiana.
Portal de Transparencia
El borrador inicial ha sido publicado en el Portal de Transparencia para conocimiento público, como instrumento necesario para la transparencia administrativa y la información al ciudadano. De acuerdo con el procedimiento legislativo, el texto será sometido después a trámite de audiencia para que los ciudadanos afectados puedan presentar alegaciones o aportaciones al texto.
Los trámites de audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades.