La Policía busca desde la semana pasada al exjefe de la Policía Local de Coslada, Ginés Jiménez Buendía para que ingrese en prisión para cumplir la condena a un año y medio de cárcel que le impuso la Audiencia de Madrid por coaccionar a una testigo del denominado caso Bloque de corrupción policial
El pasado jueves, día 28, el Juzgado de lo Penal 12 de Madrid dictó una orden de busca, detención e ingreso en prisión sobre Ginés Jiménez, más conocido como ¨El shérif de Coslada¨ para que cumpla dicha condena.
El ingreso en la cárcel no se puede evitar aunque la defensa del acusado lo recurra, de manera que el exjefe policial tendrá que ir a prisión en cuanto sea localizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
El Juzgado de lo Penal 12 de Madrid ya dictó una resolución que denegaba el beneficio de suspensión de la pena de cárcel, resolución que la Audiencia Provincial ratificó.
Fuentes policiales han asegurado a Efe que a Ginés Jiménez se le busca desde que se tuvo conocimiento de la citada orden, como siempre ocurre en estos casos, pero por el momento sin resultados.
Sin embargo el abogado de Ginés Jiménez ha explicado a Efe que su defendido no tiene que ingresar en prisión porque el pasado viernes presentó un recurso de reforma (ante el mismo juez) subsidiario de apelación (ante la Audiencia Provincial) contra esa medida, por lo que se paraliza su ejecución hasta que se resuelva.
El letrado Oskar Zein defiende que Ginés Jiménez ya cumplió un tercio de su condena en prisión, pagó la multa que se le impuso y está inhabilitado en su cargo, y si fuera otro ciudadano no ingresaría en la cárcel.
La Audiencia Provincial de Madrid confirmó en marzo de 2015 la pena a año y medio de cárcel impuesta en 2013 al exjefe de Policía Local de Coslada por coaccionar a una testigo del caso Bloque, en el que se investiga una trama de supuesta corrupción en la Policía Municipal.
La sección 15 de la Audiencia avaló así la condena por un delito de obstrucción a la justicia que impuso el Juzgado de lo Penal 13 de Madrid y desestimó el recurso de Jiménez (que pedía su absolución), al estimar que las grabaciones de sus conversaciones con la testigo no conculcan su derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.