El Colegio de Enfermería de Madrid se adhiere íntegramente a la querella interpuesta por el Consejo General de Enfermería ante el Supremo
El Colegio de Enfermería de Madrid, por acuerdo unánime de la Comisión Permanente de su Junta de Gobierno, ha decidido personarse y adherirse a la querella que ha interpuesto el Consejo General de Enfermería de España ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y varios cargos de su departamento, entre ellos Fernando Simón, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad y portavoz del Ministerio durante la pandemia.
Se trata de una querella criminal por presuntos delitos contra la seguridad de los trabajadores, al entender que se han infringido las normas de prevención de riesgos laborales y por no facilitar los medios de protección necesarios para el desempeño de su actividad, al que están obligados legalmente, poniendo de este modo «en riesgo la salud y la vida» de los trabajadores.
En la misma, también se imputan otros delitos que pudieran haberse producido, como es la imprudencia grave con resultado de lesiones o de muerte.
El CODEM explica que ha adoptado esta medida, «en defensa de los intereses profesionales de sus colegiados, debido a las deficientes medidas de protección que vienen sufriendo las enfermeras madrileñas ante la pandemia del COVID-19», cuestión sobre la que se ha pronunciado en múltiples ocasiones desde el comienzo de la crisis sanitaria.
El presidente del Colegio, Jorge Andrada, ya trasladó por carta al ministro de Sanidad la preocupación de las enfermeras madrileñas «ante la reiterada y alarmante carencia de medios de protección, así como de la falta de test de detección rápida del coronavirus para poder determinar la dimensión real de la infección entre los profesionales sanitarios», exigiendo que estos fuesen puestos urgentemente a disposición de los profesionales e incluso solicitando, como una solución que paliara al menos en parte esos problemas, que el Gobierno permitiera a la institución la compra de material para su entrega directa.
«La desprotección de los profesionales en la asistencia directa a los pacientes con COVID-19, por la falta de material o por su carácter defectuoso en algunos casos, ha sido sin duda la causa principal del alto número de profesionales sanitarios contagiados y presuntamente causa del fallecimiento de varios de ellos, circunstancia que obliga al Colegio a tomar las medidas legales y a exigir responsabilidades a las autoridades sanitarias encargadas de la gestión de la emergencia sanitaria», señala en un comunicado.
El origen de esta actuación judicial radica en un acuerdo adoptado hace semanas por la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Enfermería, por unanimidad, ante la falta de suficiente material de seguridad para protegerse en la asistencia de los pacientes con COVID-19 y la oleada de contagios entre profesionales sanitarios y el posterior fallecimiento de varios de ellos. Así, dicha Comisión encargó a los servicios jurídicos del Consejo la puesta en marcha de las acciones penales para exigir las responsabilidades que procedieran a las autoridades sanitarias que están interviniendo en la gestión de la pandemia.
A tal fin, los expertos del Consejo General de Enfermería han llevado a cabo un extenso trabajo de investigación y de recopilación de información sobre los medios y materiales de protección de las enfermeras y enfermeros frente al COVID-19. El resultado final ha llevado al Consejo General de Enfermería a la decisión de actuar judicialmente por la vía penal.
La querella contiene más de 50 folios y en ella se realiza un amplio relato de los hechos, acompañado de abundante documentación que explica «cómo, conociendo el Gobierno y el Ministerio al menos desde finales de enero la existencia y el alcance de la gravedad del virus, no se pusieron en marcha las actuaciones necesarias para dotar a los profesionales sanitarios de los medios y materiales de protección necesarios, a lo que hay que añadir la entrega de materiales defectuosos (como mascarillas) o los test sin la fiabilidad suficiente», según indicó el Consejo General de Enfermería.
El delito contra la seguridad de los trabajadores (art. 316 del Código Penal), castiga a quienes «con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física». La pena por este delito es de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.