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Las excepciones a la prohibición de reuniones en domicilios en la Comunidad de Madrid

Las excepciones a la prohibición de reuniones en domicilios en la Comunidad de Madrid

sábado, 23 de enero de 2021 Redacción MiraCorredor

La medida entra en vigor el lunes junto con el adelanto una hora del toque de queda y del cierre de la hostelería y el comercio

La Comunidad de Madrid ha anunciado este viernes nuevas restricciones que afectan a toda la región y que entrarán en vigor el próximo lunes. Entre ellas, se prohíben las reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables).

Pero hay más excepciones a la norma que afecta a todos los espacios de uso privado, no sólo a los domicilios particulares. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid recoge hoy que se exceptúan de la limitación establecida las situaciones siguientes:

– Las personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada. Cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola.

– El cuidado, asistencia o acompañamiento a menores de edad, personas mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por motivos justificados.

– La reunión de menores de edad con sus progenitores o tutores legales, en caso de que vivan en domicilios diferentes.

– La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes.

– Las actividades propias de los centros, servicios y establecimientos de carácter social.

– Las actividades laborales, educativas e institucionales.

– Aquellas actividades para las que la Consejería de Sanidad haya establecido medidas específicas para la contención del COVID-19.

La medida busca acabar con las fiestas y otras reuniones sociales que cada fin de semana se suceden en domicilios de toda la región, el principal foco de contagio, según los datos que maneja Sanidad. En la semana del 10 de enero, el 57% de los casos detectados en la Comunidad de Madrid se contagiaron en domicilios particualares.

Además, se reduce de 6 a 4 el número máximo de personas (sean convivientes o no) que pueden sentarse en una mesa en los establecimientos de hostelería y restauración, tanto en el interior como en terrazas o espacios al aire libre. El aforo de estos establecimientos se mantiene al 50% en el interior y al 75% en terrazas.

El consejero de Sanidad del Gobierno regional, Enrique Ruiz Escudero, en su comparecencia de este viernes ante los medios, recomendó, además, que los mayores salgan a la calle durante la próxima semana lo imprescindible, y que las empresas favorezcan en la medida de lo posible el teletrabajo.

Otra de las medidas que entrará en vigor el lunes es el adelanto del toque de queda a las 22 horas, hasta las 6 de la mañana, y del cierre de la hostelería y los comercios a las 21 horas, salvo aquellos establecimientos que sean considerados imprescindibles como las farmacias, las clínicas veterinarias o las gasolineras.

La Comunidad de Madrid recuerda que las sanciones por las infracciones derivadas del incumplimiento de las medidas sanitarias establecidas pueden variar entre los 600 y los 600.000 euros, y que se procederá al cierre cautelar de los espacios que no cumplan la normativa. Pincha aquí para consultar todas las medidas y las zonas básicas de salud y municipios con limitaciones de movilidad. 


 

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