La Comunidad de Madrid rechaza aplicar restricciones a toda la ciudad de Madrid y pide revisar los criterios
El Ministerio de Sanidad propondrá esta tarde a las comunidades autónomas una serie de medidas de obligado cumplimiento que se aplicarían en los municipios españoles de más de 100.000 habitantes que cumplan una serie de parámetros fijados por el Gobierno.
El ministro, Salvador Illa, trasladará a los consejeros de Sanidad de las comunidades un borrador con una serie de medidas que supondrán el cierre de estos municipios, restringiendo la entrada y salida de personas, así como la reducción de aforos y el cierre de comercios y hostelería a las 23 horas.
Si sale adelante la propuesta de Sanidad, las medidas afectarían a esos grandes municipios con una incidencia de 500 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días, una positividad en las PCRs superior al 10% y un índice de ocupación de UCIs en su comunidad superior al 35%.
Con esas condiciones, sólo los 10 grandes municipios de la Comunidad de Madrid entrarían en esa lista: Madrid, Fuenlabrada, Parla, Leganés, Móstoles, Alcorcón, Getafe, Alcobendas, Alcalá de Henares y Torrejón de Ardoz. Todos tienen más de 100.000 habitantes y superan la incidencia de 500 casos.
Además, todos ellos forman parte de la comunidad que tiene en estos momentos una tasa de ocupación de UCIs del 41%, por encima del 35% fijado por Sanidad; y una positividad, en las PCRs que se realizan, del 21%, también por encima del 10% fijado por el ministerio que dirige Salvador Illa.
El borrador, no obstante, evita hablar de reforzar los controles en Barajas, AVE y Renfe, como pedía la Comunidad de Madrid, que no comparte los criterios establecidos y pide discutirlos en la reunión de esta tarde, en la que solicitará además criterios objetivos y claros para todas las comunidades autónomas pero que no se ciñan sólo a los tres indicadores conocidos en las últimas horas.
En este sentido, la Consejería de Sanidad requerirá al Gobierno central conocer la base científica y técnica que avala el nuevo criterio de los 500 contagios por cada 100.000 habitantes y que tenga en cuenta el criterio de capacidad de elasticidad en camas de hospitalización y de puestos de UCI, ya que «la Comunidad tiene la disponibilidad de ampliar la capacidad hospitalaria en caso necesario y está concluyendo además la construcción del nuevo hospital de emergencias», defiende la Consejería en un comunicado.
Por otro lado, el Ejecutivo madrileño considera que debe incluirse como criterio la capacidad diagnóstica de la Comunidad de Madrid, muy superior a la del resto de las comunidades. «Con la colaboración del Gobierno central, la Comunidad estaría en disposición de realizar un test a cada madrileño en estos momentos», señalan las mismas fuentes.
Además, pide «tener en cuenta que la ciudad de Madrid es un conjunto de 21 distritos, de los que 18 superan los 100.000 habitantes, y por tanto, los índices no se pueden aplicar, en su conjunto, a toda la ciudad», por lo se opone a un confinamiento de toda la capital.
Las medidas que afectarían a la ciudad de Madrid y a otros 9 municipios madrileños
1. Restringir la entrada y salida de personas, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, como asistir al centro de salud, al puesto de trabajo, a centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos públicos.
También para renovaciones de permisos y documentación oficial, trámites administrativos inaplazables; realización exámenes o pruebas oficiales también inaplazables; por causa de fuerza mayor, entre otros.
2. Limitación a seis personas las reuniones de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.
3. Suspensión de la actividad de los parques infantiles de uso público.
4. El aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, con una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.
5. El aforo máximo en los velatorios será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes, mientras que podrán participar en la comitiva fúnebre de enterrar o despedida para la cremación de la persona fallecida un máximo de quince personas.
6. Se reduce al 50% el aforo máximo en los locales comerciales y servicios abiertos al público, que cerrarán no más tarde de las 22 horas, salvo las excepciones que se prevean.
7. En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas, el aforo permitido no podrá superar el 50% en espacios interiores y del 60% en exteriores, en tanto que el consumo en barra no estará permitido.
Además, las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y a las demás mesas y el grupo que se siente no será superior a las seis personas.
Tampoco se admitirán nuevos clientes a partir de las 22 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
8. El aforo máximo de autoescuelas, centros privados de enseñanzas no regladas y de formación será del 50 por ciento.
9. En las instalaciones deportivas al aire libre el aforo máximo será del 60% mientras que las de interior será del 50%.
10. Otras actividades, servicios e instalaciones: el aforo máximo será del 50% salvo que se prevea uno inferior.
11. Las comunidades con municipios afectados reforzarán sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19.