Los implicados fijaron precios y condiciones comerciales y se intercambiaron información sensible desde, al menos, 2011 y 2012, según la CNMC
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado hoy con 1,72 millones de euros a siete concesionarios de automóviles de la marca Chevrolet y a la consultora comercial ANT Servicalidad por su participación en un cártel.
El organismo regulador considera que la consultora ANT Servicalidad, contratada por los concesionarios, fue clave en la estructura del cártel, al usar a evaluadores que se hacían pasar por potenciales compradores para sacar información relevante. Posteriormente, la consultora realizaba informes mensuales sobre las ofertas económicas obtenidas y las facilitaba al resto de los integrantes del cártel.
Según la CNMC, estas conductas limitaron la competencia entre distribuidores de vehículos de la marca Chevrolet con el consiguiente perjuicio para el consumidor. La Comisión ha acreditado que el cártel actuaba en la denominada Zona de Madrid, que incluye a varios concesionarios ubicados en la Comunidad Autónoma de Madrid y uno en la provincia de Guadalajara.
En consecuencia, ha sancionado con las siguientes multas por una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia a la consultora ANT Servicalidad (16.571 euros) y a los concesionarios involucrados en el cártel: Autotodo (321.440 euros), Corredor Gil Motor (285.402 euros) con presencia en Madrid, Torrejón de Ardoz, Alcalá de Henares, Rivas y Arganda del Rey , Motor Aluche (147.618 euros), Roauto (393.090 euros), Roceña de Turismos (27.279 euros), Seligrat de Automoción (307.879 euros) y Talleres Prizán (223.188 euros).
Esta resolución sigue a las dictadas por la CNMC en 2015 contra otros concesionarios por conductas similares y también con la participación de una consultoría independiente contratada por los propios concesionarios.
La CNMC insta a la Dirección de Competencia para que proceda a averiguar y, en su caso, incoar y practicar actuaciones de instrucción que determinen la posible responsabilidad por sucesión empresarial de Alcarreña de Turismos, Turismos y Vehículos Industriales y Viñarcar.
La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.