Se mantiene la bajada del 5% de los impuestos mediante su domiciliación y la exención del IBI a las familias con todos sus miembros desempleados
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz mantiene este año 2020 la bajada del 5% en los impuestos municipales y la exención del IBI a las familias con todos sus miembros desempleados, entre otras bonificaciones fiscales. El alcalde, Ignacio Vázquez, ha destacado que Torrejón es la tercera ciudad con el IBI más bajo de la Comunidad de Madrid, «algo muy importante si tenemos en cuenta que el IBI es el principal impuesto en materia municipal y que en los últimos años muchas ciudades de nuestra región, incluso de nuestra comarca, han experimentado subidas debido a la revisión catastral, situación esta que no afecta al bolsillo de nuestros vecinos».
Vázquez también ha señalado que la deuda municipal se ha reducido en 64 millones de euros de 2013 a 2019, situándose en 114.097.638,62 millones de euros, y que el objetivo de su gobierno es «que los torrejoneros y torrejoneras tengan impuestos más bajos, conforme la situación económica del Ayuntamiento lo vaya permitiendo».
Se mantiene, por tanto, el 5% de descuento al domiciliar el pago de los impuestos municipales, un trámite que se puede realizar en el Ayuntamiento de lunes a viernes de 8.30 a 14 horas y de 16.30 a 19.30 horas. También se puede solicitar a través de la Sede Electrónica, mediante certificado digital, o por correo electrónico (domiciliaciones@ayto-torrejon.es).
Plazos de solicitud y fecha de cargo en cuenta
– IBI: hasta 31 de marzo (cargo en cuenta, 10 de abril).
– IBI fraccionado en dos pagos: hasta 28 de febrero (cargo en cuenta, 15 de marzo y 15 de julio).
– IVTM-Numerito del coche: hasta 31 de agosto (cargo en cuenta, 10 de septiembre).
– Vados: hasta 31 de octubre (cargo en cuenta, 10 de noviembre).
Respecto al IBI, se puede pagar en dos veces sin intereses de demora y con bonificación del 5% para todos los titulares de vivienda. El plazo para solicitar el racionamiento es del 2 de enero al 28 de febrero (cargo en cuenta, 15 de marzo y 15 de julio). También se puede pagar mensualmente sin interés de demora cuando el titular de la vivienda está en situación de desempleo. En este caso el plazo de solicitud es del 2 de enero al 15 de julio.
Igualmente se mantiene la bonificación de hasta el 95% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para las empresas que contraten entre 10 y 500 torrejoneros desempleados.
Asimismo, el gobierno local seguirá aplicando la exención del pago del IBI a las familias desempleadas, siendo la primera ciudad de la Comunidad de Madrid en llevar a cabo la medida. Esta exención afecta a la vivienda habitual siempre que todos los empadronados hayan estado desempleados durante al menos 10 meses en el año 2019. Las solicitudes se pueden presentar del 2 al 31 de enero en el Ayuntamiento.
Del mismo modo, se mantiene la bonificación de hasta el 90% de la cuota del IBI para familia numerosas, estableciendo una bonificación mínima del 10% para todas las familias numerosas (siempre que no dispongan de otra vivienda). Se puede solicitar de 2 al 31 de enero en el Consistorio.
Plazos de pago de impuestos y tasas municipales
– IBI: del 1 de marzo al 15 de julio.
– IVTM: del 1 de agosto al 7 de octubre.
– IAE: del 7 de octubre al 10 de diciembre.
– Tasa de recogida de residuos sólidos (sólo para medianas y grandes superficies comerciales y bancos): Del 7 de octubre al 10 de diciembre.
– Tasa de Vados: Del 7 de octubre al 10 de diciembre.