Un juzgado condena al banco por la venta fraudulenta de acciones
Una sentencia ha condenado al Banco Santander a devolver el dinero invertido por un cliente del despacho de abogados Durán & Durán, que adquirió acciones del Banco Popular pocos días antes de que fuera intervenido, porque la entidad financiera «ocultó su real situación económica».
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Alcalá de Henares ha declarado la nulidad de la adquisición de acciones del Banco Popular suscritas en junio de 2017 por un inversor, estimando la demanda interpuesta por el citado bufete de abogados, que ha informado de la resolución y de otra similar de un juzgado de Sant Feliu de Guixols (Gerona).
La sentencia condena al Banco Santander, que en junio de 2017 adquirió por el valor simbólico de un euro el Banco Popular, a devolver el dinero invertido por el demandante en la adquisición de acciones de la entidad financiera.
El consumidor adquirió las acciones en los días previos a la intervención del Banco Popular por parte de la Junta Única de Resolución (JUR) y el Banco Santander alegó que la compra obedecía a un ánimo especulador del comprador, de forma que, según el banco, no estaba legitimado para reclamar el dinero invertido.
Sin embargo, dicho argumento ha sido rechazado por el juzgado que, por el contrario, ha acogido los argumentos de Durán & Durán Abogados, pues la sentencia reconoce que quienes invirtieron no lo hicieron por un ánimo especulador, sino, precisamente, confiando en la supuesta consistencia del banco, de forma que decidieron aprovechar una buena oportunidad.
Las resolución judicial confirma que el Banco Popular Español sostuvo que era solvente, cuando en realidad «hubo una grave falta de información y transparencia», así como una «ocultación de la real situación económica» por parte de la entidad.