Condenado a más de 50 años de cárcel por el doble asesinato en la nave okupada de Torrejón
La Sección 26ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Said E.A. a más de 50 años de prisión como autor de dos delitos de asesinato, un delito de incendio y un delito de maltrato habitual por los hechos ocurridos en agosto de 2022 en una nave industrial okupada de Torrejón de Ardoz, donde murieron su pareja, Esther F.L., española, y Youssef M. de origen marroquí como el ahora condenado.
Los otros dos acusados inicialmente investigados han sido absueltos tras la retirada de la acusación por todas las partes en aplicación del principio acusatorio.
El Tribunal del Jurado consideró probado que el acusado convivía con Esther desde hacía al menos dos años en una nave ocupada y que la relación estaba marcada por un contexto continuado de violencia física y psicológica, celos y control. La situación se agravó cuando tuvo conocimiento de que la víctima mantenía una relación con Youssef, lo que incrementó su comportamiento agresivo y sus amenazas, llegando a manifestar su intención de acabar con la vida de ella.
Según el relato de hechos probados, en la madrugada del 20 de agosto de 2022, entre la 1:23 y las 2:13 horas, Esther y Youssef se encontraban en la planta superior de la nave, descansando y sin capacidad de reacción, cuando el acusado accedió al interior y provocó de forma intencionada un incendio en varios puntos utilizando acelerantes, descartándose cualquier origen accidental.
El fuego se propagó rápidamente por el inmueble, que contaba con una única salida practicable, lo que convirtió el lugar en una trampa mortal. Ambos fallecieron por asfixia por inhalación de gases tóxicos sin posibilidad de huida ni defensa, al encontrarse durmiendo cuando comenzó el incendio.
La virulencia del fuego obligó además a evacuar una nave colindante y viviendas cercanas, generando un grave riesgo para otras personas y causando importantes daños materiales.
La Audiencia califica los hechos como dos delitos de asesinato al apreciar alevosía, al haberse aprovechado el acusado de la situación de indefensión de las víctimas. En el caso de Esther, añade las agravantes de parentesco y de género, al considerar acreditado que el crimen se produjo en un contexto de dominación, control y discriminación hacia la mujer.
Asimismo, la sentencia fundamenta la condena por el delito de incendio en el riesgo generado para terceros y declara probado el delito de maltrato habitual por la reiteración de episodios de violencia durante la convivencia, acreditados mediante testimonios, informes policiales y pruebas documentales.
El tribunal impone 22 años y 6 meses de prisión por el asesinato de su pareja, 20 años por el de Youssef, 15 años por el delito de incendio y 6 meses por maltrato habitual, además de una medida de libertad vigilada durante un máximo de diez años tras el cumplimiento de las penas.
También deberá indemnizar a los familiares de las víctimas con 100.000 euros para cada progenitor y 30.000 euros para cada hermano, así como asumir los daños materiales ocasionados.
