El COEM ha pedido al juez y a la Consejería de Sanidad que actúen en consecuencia
El Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM) ha tenido conocimiento del cierre de la clínica iDental, situada en la calle Marie Curie, de la localidad madrileña de Rivas Vaciamadrid, por huelga indefinida. Un hecho que ha sido comunicado al COEM tanto por parte de los trabajadores, como de los pacientes afectados, que no saben si será un cierre temporal o permanente.
En la puerta de la clínica se proporciona a los pacientes un número de información, con el que actualmente, bien por colapso de la línea o por otra circunstancia desconocida, es imposible contactar, según el COEM.
Tras este cierre, advierten, iDental no dispone de ningún centro sanitario abierto en toda la Comunidad de Madrid. Por ello, ha informado de esta situación tanto a la Consejería de Sanidad como al juez que instruye las diligencias penales por un supuesto delito contra salud pública después de la queja de un centenar de pacientes sobre abandono de tratamientos y uso de publicidad engañosa.
En vista de lo ocurrido en otras comunidades autónomas donde se han cerrado clínicas de la misma compañía de la noche a la mañana, el COEM ha exigido a la Consejería de Sanidad que, con carácter de urgencia, se establezcan una serie de medidas entre las que destacan la salvaguarda de los historiales clínicos de los pacientes (entre los que se incluirían los centros que anteriormente ya cerraron en la calle Canarias y en la calle Méndez Álvaro); así como la exigencia de las pólizas de responsabilidad civil que los centros de iDental hubieran tenido contratadas (tal y como contempla la ley) durante los años en los que han estado en funcionamiento a efectos de responder por los daños y perjuicios generados a los pacientes.
A la vista del inmenso número de pacientes de la clínica de Rivas, el Colegio de Odontólgos ha instado a actuar con la mayor celeridad posible a la Consejería de Sanidad, para salvaguardar los derechos de estas personas, «confiando en que esta lamentable situación pueda resolverse sin que la salud bucodental de los pacientes pueda verse más afectada».
Algunos de los afectados explicaban a MiraCorredor, que llevan meses, incluso años, con tratamientos «sin terminar, sin dentadura y en penosas condiciones», por lo que temen «lo peor».
Recomendaciones ante el cierre de una clínica
Desde el COEM recuerdan a los pacientes que el Ministerio de Sanidad ha dado una serie de recomendaciones a los afectados por el cierre de clínicas:
– Presentar una reclamación por escrito ante la clínica en las que se esté llevando a cabo los tratamientos odontológicos. Se recomienda que se haga mediante burofax. En caso de que la clínica se encuentre cerrada, se debería enviar a otra clínica del mismo titular o al domicilio social del titular de las clínicas.
– Solicitar a la clínica los historiales mediante burofax u otro medio fehaciente. En el caso de no obtener respuesta a esta solicitud, se puede ejercer sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), por restringir su derecho de acceso a datos personales.
– Presentar una reclamación ante las autoridades de consumo en el caso de vulneración de los derechos como consumidor de la comunidad autónoma en la que resida el afectado.
– Presentar una reclamación ante las autoridades sanitarias de la comunidad autónoma en la que resida el afectado si se ha producido mala praxis.
– Si fuera posible, realizar una peritación por un profesional de la odontología y presentar una denuncia ante los juzgados de su localidad.
– En caso de tener un crédito vinculado, que es aquel que se entiende como crédito que sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo al suministro de bienes específicos o a la prestación de servicios específicos, se debe interponer una reclamación ante los servicios, departamentos o defensores del cliente de la entidad financiera con la que se tenga el crédito vinculado. Y en el caso de que la entidad no dé respuesta o la misma no sea satisfactoria, se aconseja presentar una reclamación ante el Banco de España.
– En el caso de que se haya firmado un crédito vinculado antes de que hayan trascurrido 14 días naturales, se puede ejercer el derecho de desistimiento. Este plazo se amplía a un año en caso de que no se haya informado del derecho a desistir al paciente.
– Por último, conviene guardar toda la documentación: folletos o material publicitario, presupuestos, contratos de los créditos vinculados, resguardo de pagos o/y factura, historial, pruebas diagnósticas, resguardos de citas, correos electrónicos, mensajes, etc.