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La juez rechaza el recurso del alcalde de Alcalá de Henares

La juez rechaza el recurso del alcalde de Alcalá de Henares

jueves, 22 de noviembre de 2018 Redacción MiraCorredor

La magistrada, en un auto demoledor, le recuerda que es un ciudadano más 

El Juzgado de Instrucción número 6 de Alcalá de Henares desestima el recurso presentado por el alcalde de la ciudad, Javier Rodríguez Palacios, en el que pedía un «trato especial» para evitar sentarse en el banquillo de los acusados por prevaricación administrativa, situación que le obligaría a dimitir según marca el código ético del PSOE.

En un auto fechado el pasado 9 de noviembre, al que ha tenido acceso MiraCorredor, la jueza desestima el recurso de Rodríguez Palacios y confirma la resolución recurrida por estimarla ajustada a derecho, en relación al auto con fecha 8 de octubre dictado en las diligencias previas.

Este último auto concluye que «existiendo indicios racionales de criminalidad en su contra, debe proseguirse con la tramitación de la causa, sin perjuicio de que el recurrente pueda alegar y proponer todo lo que estime conveniente, en caso de que se formule acusación, en su escrito de defensa o en el acto de juicio oral».

Además, el auto, tumba los argumentos esgrimidos por la defensa del alcalde en su recurso, en el que señalaba que «si se ve forzado a dimitir y a no presentar su candidatura para las próximas elecciones municipales es evidente que su inevitable absolución futura no hará cesar unos perjuicios que, para dichas fechas, ya estarán consolidados». «Debe, por tanto, dictarse resolución acordando el sobreseimiento de las actuaciones sin esperar a una sentencia absolutoria que puede tardar años en llegar», concluía el recurso del primer edil.

Pues bien, el juzgado determina que «los eventuales perjuicios personales que se le puedan causar al recurrente, no dejan de ser los propios que se le causarían a cualquier otro ciudadano respecto al que se dicte una resolución como la recurrida, y en cuanto a los perjuicios políticos a los que se alude, son ajenos, como no puede ser de otra manera, al devenir procesal de las causas judiciales».

Los hechos se remontan al año 2016 cuando Rodríguez Palacios, presuntamente, se saltó el reglamento y convocó un Pleno para la aprobación de los Presupuestos por la vía de urgencia aprovechando la ausencia de dos de los concejales del PP.

Por esos hechos, el portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento, Víctor Chacón, en su escrito de acusación acusó al alcalde complutense de los presuntos delitos de prevaricación y contra los derechos cívicos, para quien solicita en total la imposición de una pena de 13 años de inhabilitación para el ejercicio de cualquier cargo público (10 por prevaricación y 3 por la violación de los derechos de los concejales).

Los populares resaltaban en el escrito de acusación que «Javier Rodríguez Palacios utilizó su posición de superioridad para saltarse la normativa y que lo hizo consciente de su ilegalidad pues se le había informado previamente y de forma reiterada de que estaba incurriendo en un delito de prevaricación. A pesar de ello y con manifiesto desprecio a la legalidad, el alcalde convocó el Pleno por la vía de urgencia sin que hubiera ningún motivo real y con el único interés de impedir la participación de dos concejales del Partido Popular».

El PP ha pedido en retiradas ocasiones la dimisión del alcalde que, ahora, tras desestimarse su recurso, casi con toda probabilidad tendrá que enfrentarse a juicio oral, lo que, siguiendo los mandamientos éticos de su partido, le obligaría a renunciar a la alcaldía en un momento en el que ha sido proclamado candidato para 2019.


 

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