Tras los recursos de Comunidad de Madrid y del PP
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado Madrid Central «tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación», informa en un comunicado el TSJM.
Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han tomado esta decisión de anular la ordenanza de movilidad impulsada por el Ayuntamiento de Madrid, cuando gobernaba el equipo de Manuela Carmena, «por defectos formales» y «por la omisión del trámite de información pública».
En relación a este último requisito, desde la oficina de comunicación del tribunal explican que se trata de «un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos, y que está reconocido en el artículo 23 de la Carta Magna». De esta manera, «quedan anulados los artículos de 21 a 25 de la citada ordenanza».
La oficina de comunicación apunta que «la anulación parcial del acuerdo del Consistorio supone que, en el caso de que estas tres sentencias, alcancen firmeza, todas las multas impuestas decaerán al carecer de sustento normativo». Estos fallos pueden ser recurridos en casación.