El Consejo de Ministros ha aprobado, entre otras medidas, suspender los desahucios del alquiler y una prórroga de los contratos, además de una moratoria en el pago de la cuota de autónomos
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una batería de medidas económicas para ayudar a familias, autónomos y empresas a afrontar la crisis del coronavirus, unas medidas que resumimos a continuación:
Alquiler
– Se suspenden los desahucios durante 6 meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
– Se implanta una prórroga automática de 6 meses, salvo acuerdo de las partes, de los contratos de alquiler que venzan en los próximos tres meses.
– Se establece una moratoria automática en el pago de su renta para las personas cuyo arrendador posea más de 10 inmuebles. La cuota no pagada se devolverá durante un periodo no superior a tres años, sin ningún tipo de penalización ni intereses.
– Si el arrendador no es un gran tenedor de inmuebles, el inquilino, en situación vulnerable, podrá solicitarle un aplazamiento del pago de su renta. Si no hay acuerdo, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas transitorias a coste cero con el aval del Estado.
– Para personas con problemas más permanentes en el pago del alquiler, se establecen ayudas directas sobre vivienda habitual y que podrán sumarse a estas. La cuantía máxima será de 900 euros al mes y será gestionada por las comunidades y ciudades autónomas.
Hipotecas y créditos
– El plazo de suspensión de la moratoria de hipotecas pasa de 1 a 3 meses. Se añade a los trabajadoras y trabajadores autónomos entre los colectivos que pueden beneficiarse de esta moratoria para hipotecas de locales u oficinas.
– El real decreto aprobado hoy establece también la posibilidad de una moratoria en los créditos y préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo los créditos al consumo.
Subsidios
– Para empleadas del hogar: Podrán solicitarlo las empleadas de hogar que hayan dejado de prestar servicios, total o parcialmente, a causa de la crisis sanitaria del COVID-19. Las beneficiarias podrán percibir el 70% de su base reguladora y alcanzar como máximo el SMI.
– Subsidio excepcional: Tienen derecho a un subsidio excepcional quienes tuvieran contrato de al menos 2 meses que se hayan extinguido durante el estado de alarma y no hayan cotizado suficiente para acceder a la prestación por desempleo.
– Se simplifica la acreditación de vulnerabilidad, adaptándola a la situación derivada del estado de alarma. Será suficiente con una declaración responsable del beneficiario sobre su situación.
Suministros
– Se prohíbe suspender el suministro de agua, electricidad, gas natural, gases manufacturados y gases licuados de petróleo a consumidores en su vivienda habitual, aunque esta posibilidad conste en los contratos que los usuarios hayan suscrito.
– Se extiende la cobertura del Bono Social eléctrico a los autónomos que hayan cesado su actividad o reducido su facturación un 75% por el COVID-19.
Consumidores y usuarios
– En los servicios de academias de idiomas, residencias de estudiantes, gimnasios o escuelas infantiles, la empresa podrá ofrecer una recuperación de los servicios, cuando finalice el estado de alarma. En caso de que el cliente no acepte, se procederá a la devolución del dinero.
– En el caso de viajes combinados, el Gobierno permitirá a las agencias ofrecer un bono de un año de vigencia a los afectados, cuando los operadores no reembolsen los importes correspondientes, o devolver el dinero si este bono no se ha usado tras el periodo estipulado.
– Prohibición de la publicidad del juego online.
– Prohibición de subida de precios de teléfono e internet que comercializan las empresas de telecomunicación.
Autónomos y pymes
– Moratoria de hasta seis meses, sin intereses, en el pago de las cuotas de autónomos.
– Aplazamiento de deudas a la Seguridad Social para empresas y autónomos siempre y cuando no tengan vigente otro aplazamiento.
– Facilidad disponer del dinero de planes de pensiones para los trabajadores y empresarios afectados económicamente por la pandemia. Aquellos empresarios, autónomos y empleados que estén inmersos en un ERTE o estén sin trabajo podrán acceder a estos ahorros durante seis meses.
– Mientras dure el estado de alarma, autónomos y pymes podrán suspender el pago de sus recibos de electricidad, gas natural y otros productos derivados del petróleo; y suspender temporalmente o modificar sus contratos de suministro, sin coste alguno.
Este paquete de ayudas aprobadas en Consejo de Ministros incluye también un programa específico para víctimas de violencia de género, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, para ofrecerles una solución habitacional inmediata.
El Gobierno ha aprobado también el reparto de 300 millones de euros entre las comunidades autónomas para dar respuesta a las acciones más urgentes contra el COVID-19. Además, las corporaciones locales podrán utilizar el superávit de ejercicios anteriores para adoptar medidas de apoyo a colectivos vulnerables en materia de vivienda.
Una de las decisiones más polémicas es la inyección de 15 millones de euros a las televisiones privadas. Mediaset y Atresmedia recibirán subvenciones como compensación temporal de determinados gastos de cobertura al ser consideradas servicios esenciales durante el estado de alarma, según adelantó Vozpópuli.
Para facilitar información a la ciudadanía sobre las nuevas medidas, el Ejecutivo ha habilitado el teléfono 913-146-673, de 10 a 14 horas, de lunes a viernes; así como el correo ciudadano@idae.es.
Con el nuevo paquete de medidas aprobado en #CMin, el Gobierno continua dando seguridad y protección a todas las personas para seguir afrontando el impacto negativo de esta crisis.
Una crisis que es sanitaria, social y económica.#EsteVirusLoParamosUnidos #AmpliarEscudoSocial pic.twitter.com/WEs1jycVob
— La Moncloa (@desdelamoncloa) March 31, 2020