La hostelería de Alcalá, al igual que la del resto de municipios afectados por la orden de Sanidad, seguirá con restricciones
Los bares, restaurantes y cafeterías de Alcalá de Henares continuarán con restricciones de aforo y cierre a las 23 horas, pese a que la ciudad complutense ha quedado fuera del estado de alarma decretado por el Gobierno central en 9 municipios de más de 100.000 habitantes, entre ellos Torrejón de Ardoz y Madrid capital.
Los 10 municipios madrileños con más de 100.000 habitantes afectados por la orden del Ministerio de Sanidad seguirán con las restricciones de aforo y horarios. Estos municipios son: Madrid capital, Fuenlabrada, Alcorcón, Parla, Getafe, Leganés, Móstoles, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz y Alcobendas. Hay que recordar en este punto que el TSJM sólo tumbó las restricciones de movilidad por vulnerar derechos fundamentales pero ratificó las demás medidas, entre ellas las que afectan a la hostelería.
Menos Alcalá, el resto de municipios citados anteriormente sí están incluidos en el decreto del estado de alarma, por lo que se restringe la entrada y salida de personas, salvo causas adecuadamente justificadas, durante un periodo de 15 días, y habrá sanciones en los controles policiales establecidos por el Gobierno de España.
En los 10 municipios los establecimientos de hostelería y restauración tienen limitado el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, y no está permitido el consumo en barra.
La ocupación de mesas debe ser de un máximo de seis personas. Además, no pueden admitir nuevos clientes a partir de las 22 horas y deben cerrar a las 23 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
Los aforos en el comercio se mantienen al 50% y su cierre será a las 22 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales. La actividad que se realice en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50%.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de la instalación en espacios interiores y el sesenta por ciento en espacios exteriores. Se podrá realizar en grupos máximos de 6 personas.