La menor fue se dio a la fuga, desconociéndose dónde se halla desde entonces
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a unos padres acusados de vender a su hija de 12 años en el 2021 para casarla con el hijo de los compradores, también menor, hechos por los que la Fiscalía solicitaba siete años de prisión para cada uno de ellos. Los cuatro, todos ellos de nacionalidad rumana, venían siendo acusados de un delito de trata de seres humanos con fines de servidumbre.
El tribunal considera acreditado que los dos menores, tras contactar por redes sociales y actuando con la conformidad de sus respectivos progenitores, y tras someterse la menor el día 22 de junio de 2021 a la prueba del pañuelo para dejar constancia de su virginidad, accedieron en Rumanía a contraer matrimonio conforme al rito gitano y la tradición propia de la etnia a la que pertenecen.
Con fecha de 23 de junio de 2021 los padres de ella acudieron a un notario de Rumanía para manifestar que su hija residiría con la madre del joven y que desde ese momento, y hasta el año 2024, autorizaban a la menor a viajar al extranjero acompañada de ésta, concediendo a la madre del joven la facultad de tomar decisiones en su nombre. Así, el 24 de junio de 2021 se celebró una fiesta para festejar la relación iniciada entre los dos menores.
Dos días después, el 26 de junio de 2021 los padres del joven se trasladaron con la chica desde Bucarest a Madrid, residiendo a partir de entonces en Mejorada del Campo, hasta que el día 4 de octubre de 2021, practicada diligencia de entrada y registro ordenada por el Juzgado de Instrucción, ambos acusados fueron detenidos en dicha localidad.
La menor fue trasladada a un piso de protección para víctimas de trata, en donde permaneció hasta que el día 14 de octubre se dio a la fuga, desconociéndose dónde se halla desde entonces, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Este hecho, unido a que la declaración de la joven ante la Brigada Provincial de Extranjería cuando se conocieron los hechos se produjo «sin ninguna garantía», ha impedido un «hipotético fallo condenatorio». Los magistrados subrayan que, tras la celebración del juicio y la prueba practicada en él, «resulta notoriamente insuficiente para acreditar los hechos plasmados en el escrito de calificación del Ministerio Público» Los padres defendieron en la vista oral que no se opusieron a que la niña contrajera matrimonio al ser una tradición de la cultura gitana de origen rumano, manifestando que desconocían que fuera un delito.