La jueza abre juicio oral contra Rodríguez Palacios, obligado a dimitir por el código ético del PSOE
El alcalde de Alcalá de Henares, el socialista Javier Rodríguez Palacios, se sentará finamente en el banquillo de los acusados por un delito de prevaricación administrativa previsto y penado en el art. 404 del Código Penal y por un delito cometido por funcionario contra los derechos individuales, previsto y penado en el artículo 542 del mismo, según el auto de la titular del Juzgado de Instrucción Número 6 de Alcalá dictado este miércoles 19 de diciembre, al que ha tenido acceso MiraCorredor.
Por el primer delito se enfrenta a una petición por parte de la acusación, ejercida por el portavoz del PP en el Ayuntamiento, Víctor Chacón, de una pena de inhabilitación especial para cargo público y ejercicio del derecho del sufragio pasivo por tiempo de 10 años y, por el segundo, a una pena de inhabilitación especial para cargo público por tiempo de 3 años, así como al pago de las costas procesales generadas a la acusación particular.
El Juzgado acuerda, por tanto, la apertura de juicio oral y declara órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa a la Audiencia Provincial de Madrid. Contra esta resolución no cabe recurso.
El pasado 9 de noviembre la jueza desestimó el recurso presentado por Rodríguez Palacios contra el auto con fecha 8 de octubre dictado en las diligencias previas. La magistrada tumbó los argumentos esgrimimos por la defensa del alcalde en su recurso, en el que señalaba que «si se ve forzado a dimitir y a no presentar su candidatura para las próximas elecciones municipales es evidente que su inevitable absolución futura no hará cesar unos perjuicios que, para dichas fechas, ya estarán consolidados». Por ello, pedía el sobreseimiento de las actuaciones «sin esperar a una sentencia absolutoria que puede tardar años en llegar».
El Jugado determinó que «los eventuales perjuicios personales que se le puedan causar al recurrente, no dejan de ser los propios que se le causarían a cualquier otro ciudadano respecto al que se dicte una resolución como la recurrida, y en cuanto a los perjuicios políticos a los que se alude, son ajenos, como no puede ser de otra manera, al devenir procesal de las causas judiciales».
Los hechos se remontan al año 2016 cuando Rodríguez Palacios, presuntamente, se saltó el reglamento y convocó un Pleno para la aprobación de los Presupuestos por la vía de urgencia aprovechando la ausencia de dos de los concejales del PP.
Por esos hechos, el portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento, Víctor Chacón, en su escrito de acusación acusó al alcalde complutense de los presuntos delitos de prevaricación y contra los derechos cívicos.
Los populares resaltaban en el escrito de acusación que «Javier Rodríguez Palacios utilizó su posición de superioridad para saltarse la normativa y que lo hizo consciente de su ilegalidad pues se le había informado previamente y de forma reiterada de que estaba incurriendo en un delito de prevaricación. A pesar de ello y con manifiesto desprecio a la legalidad, el alcalde convocó el Pleno por la vía de urgencia sin que hubiera ningún motivo real y con el único interés de impedir la participación de dos concejales del Partido Popular».
El PP ha pedido en retiradas ocasiones la dimisión del alcalde que, ahora, tendrá que enfrentarse a juicio oral, lo que, siguiendo los mandamientos éticos de su partido, le obligaría a renunciar a la alcaldía, en un momento en el que acaba de ser presentado como candidato para 2019.