Los establecimientos de hostelería recuperan, además, el servicio de barra al 50%
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado hoy la Orden 1352/2020, de 15 de octubre, en la que se determina que a partir de las 22 horas de este viernes, dejan de estar vigentes las restricciones de horarios, aforos y demás, en el municipio de Alcalá de Henares que regulaba la Orden 1273/2020.
Esta orden determinaba una serie de restricciones que se aplicaban a Alcalá de Henares debido a la situación epidemiológica del municipio, pese a que ya no estaba en vigor en la ciudad el estado de alarma.
De esta forma, vuelve a regir la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, en la que se establecen las siguientes condiciones:
– Las reuniones deben ser de un máximo de 6 personas, salvo las personas convincentes.
– En la hostelería, los aforos deben ser del 75% en interior, del 50% en barra y del 100% en terraza.
– El horario de cierre de bares y restaurantes será a la 1 de la madrugada, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 00 horas.
– En los comercios y mercadillos el aforo será del 75%.
– En los velatorios, se permite un máximo de 50 personas al aire libre y de 25 en espacios cerrados.
– Em los lugares de culto, el aforo será del 60%.
– Y en las actividades deportivas de interior, el aforo queda al 75%.